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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
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            El Municipio perdió todos los terrenos de la costa y ahora hay que pagar una fortuna a los abogados
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                <![CDATA[Lili Berardi]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/g1HprZXBKja-cH0dJqmJdYPSn-o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/03/propiedad_de_calonge_avenida_espana_al_700.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los terrenos que las familias del ex contratista municipal Raúl Eduardo Calonge, su esposa Mirta Foyo, de la martillera María Marta Hidalgo y su hijo, el concejal Juan Cruz González y que el resto de los mencionados en el fallo: Norma Di Napoli, Natalia Andrea Morán, María Graciela Calonge, Lucia Vellón y Amelia Suárez reclamaron como propios tras haber edificado varias viviendas y aducir derechos posesorios, nunca más serán de los sampedrinos.&nbsp;</p><p>El litigio que comenzó en el año 2004 y sobre el que la concejal y ex Asesora Letrada Paola Basso advirtió en mayo de 2023, había quedado sin seguimiento, escribió su capítulo final en la justicia tras la determinación de los honorarios que le corresponden a cada letrado. Los inmuebles fueron tasados en 72.000.000 de pesos y sobre esa base que fue estimada en noviembre de 2023 ahora hay que liquidar lo que le toca a cada uno. En junio de 2023, el municipio había anunciado una apelación.</p><p>&nbsp;La Avenida España al 700 será para siempre y para todas las generaciones un símbolo de todo lo que está mal y puede ser justificado por negligencia, inoperancia o hasta por complicidad.</p><p>Están los que cobrarán por perder y el que cobra por ganar, más los beneficiados con los sucesivos fallos y ventajas que no todos los que usurpan tienen la dicha de concretar. Efectivamente, la usurpación mayor y emblemática quedó plasmada a la vista de toda la ciudadanía. La Avenida España al 700 será para siempre y para todas las generaciones un símbolo de todo lo que está mal y puede ser justificado por negligencia, inoperancia o hasta por complicidad. Cuando se ven estos resultados, sobrevienen las dudas del verdadero afán que anima al funcionario público a la hora de defender los intereses de la población.&nbsp;</p><p>Para el abogado de las familias que lograron pasar de la usurpación a ser propietarios, la justicia dispuso el pago de 13.365.000 pesos más 230,22 jus (unidad de medida que sirve como guía para los distintos trabajos que realiza un abogado) a un valor de 19.546 que totalizan otros 4.484.692 pesos.&nbsp;</p><p>Si el letrado es responsable inscripto habrá que adicionarle el 21% de IVA. En total: 17.849.692 pesos. Corresponde porque es quien ganó el litigio y logró probar que los ocupantes podían hacer valer sus derechos.</p><p>La concejal y abogada Paola Basso al igual que todos los que desempeñaron durante las gestiones de Barbieri, Guacone, Giovanettoni y Salazar como asesores letrados será compensada de acuerdo a los tiempos en los que le tocó actuar. La justicia reguló para ella 4.365.900 pesos como compensación a su desempeño. Claro que este y todos los montos de funcionarios que cobraron su sueldo para resguardar los intereses de la comuna podrían ser apelados, algo que aún este medio no ha podido confirmar.</p><p>Le sigue el Dr. Juan Benseny, quien se desempeñó en esa asesoría durante el gobierno de Pablo Guacone. Para él fue regulado el importe de 1.746.360 pesos. Durante el siguiente mandato ese cargo quedó en manos del Dr. José Macchia que ahora es Juez de Paz de la ciudad. A él le corresponden 873.180 pesos más 42,15 jus que equivalen a 823.863. Para Ricardo Uguet, el monto fue fijado en 42.12 jus, por un total de 881.915 pesos.&nbsp;</p><p>A la Fiscal de Estado, María Hiraldo le corresponden 9.355.500 pesos más 161.15 jus que equivalen a otros 3.149.837 pesos.</p><p>El arquitecto que tuvo a su cargo mensurar los terrenos y darles el valor acorde a su valuación primaria fue designado por sorteo y se llama Aníbal Julio Velasco. Por su tarea le corresponde cobrar 3.600.000 pesos a los que habrá que adicionarles el IVA.</p><p>Sin el impuesto al valor agregado, los sampedrinos tendrán que abonar como mínimo lo que corresponde a Bengolera, Hiraldo y Velasco que suman: 33.957.029 pesos. Si no se apelan los honorarios regulados a los abogados de la municipalidad, habrá que sumar 7.862.355 pesos.&nbsp;</p>Las propiedades aledañas a las del litigante Calonge también podrán ser escrituradas, entre ellas la del Concejal Juan Cruz González.<p>Ya no hay otras instancias para cursar y el privilegio de ocupar o simular derechos posesorios en la costanera acaba de sentar otro antecedente que derivará en una serie de actuaciones que esperan el mismo desenlace. Por solo pensar en los más recientes, ¿quién podrá ahora decirle a un intruso en un terreno fiscal o de la costa o de las islas sin catastrar que debe desalojarlos?</p><p>Como si fuese poco, hay concesiones que se hicieron a la iglesia y terminaron en manos privadas como “la casita de las monjas” que fue vendida con toda su documentación pero que estaba destinada a otros fines.</p><p>&nbsp;Después el Tiro Federal, cuyos permisos se extendieron en otro siglo y hoy exhiben moles de cemento en pleno paseo costanera.&nbsp;</p><p>Mansa Lyfe, también perdido a manos de Luz y Fuerza, Pesca y Casting, en manos de un grupo de “asociados” a los que el puerto nunca termina de desalojar y hasta el Paseo Público donde quien lo desea edifica una guardería de botes sólo porque se siente con derecho a apropiarse de un cuerpo de sanitarios que pertenecía a todos los sampedrinos.&nbsp;</p><p>Pues bien, después de este resumen y catarsis por “todo lo que no volverá al igual que nuestra bella laguna” sobrevienen las deudas que todos y cada uno de los contribuyentes habremos de pagar de acuerdo a los honorarios que reguló la justicia sin que que en el Concejo Deliberante al menos dos de sus integrantes se disculpen por ser parte de esta vergonzosa situación.</p><p>Juan Cruz González es concejal de Unión por la Patria y ahora es dueño de una de las propiedades por las que litigó contra la comuna. Paola Basso, la concejal afiliada a la Unión Cívica Radical que cumple doble mandato porque aún no renunció al anterior, percibirá sus honorarios por haber “defendido” al Municipio al igual que otros funcionarios que por lo visto, fracasaron.</p><p>En mayo de 2023, durante el programa Sin Galera, se anunció el fallo favorable en el juicio Municipalidad de San Pedro C/Calonge Raúl y otros S/acción de restitución.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/g1HprZXBKja-cH0dJqmJdYPSn-o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/03/propiedad_de_calonge_avenida_espana_al_700.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>No hay más oportunidad de reclamo para recuperar los terrenos frente a Pescadores. Cobra el abogado Bengolea pero también cobran los que "nos defendieron", entre otros la concejal Paola Basso y los ex funcionarios Juan Benseny y José Macchia. Sin IVA, los honorarios suman casi 42 millones de pesos.]]>
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                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2024-03-07T11:31:09+00:00</published>
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            Qué dice el fallo judicial que hizo perder al Municipio derechos sobre terrenos en avenida España
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d-DCzPB9doH0DOEa8dinzacEJdg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/05/WhatsApp-Image-2023-05-06-at-13.06.37-1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El sábado, Sin Galera reveló una decisión judicial que implicó un duro revés para el patrimonio municipal en un largo litigio en el que el Municipio intentó recuperar terrenos costeros ubicados bajo la barranca en avenida España, desde la rotonda del club Náutico hacia la escalera de Pescadores.</p>



<p>La sentencia definitiva del juez en lo Civil y Comercial Hernán Prats, llega tras casi 20 años de disputa legal que comenzó cuando uno de los ocupantes de esos terrenos fue a la Justicia para intentar demostrar la posesión veinteañal y escriturar a su nombre.</p>



<p>El fallo implica por un lado rechazar las pretensiones de restitución de esa tierra para el Estado local pero también el registro a nombre de Raúl Calonge, uno de los litigantes, lo que habilita al resto a entablar acciones para obtener lo mismo: la escritura que los hará propietarios del espacio que ocupan.</p>



<p>La disputa legal comenzó en 2004, cuando Calonge pidió el reconocimiento de su derecho de usucapión sobre una parcela cuyos derechos posesiorios habúa comprado en 1987 a Casimiro Ramón Caffieri y Justina Angela, quienes ocupaban ese lugar desde hacía más de 60 años.</p>



<p>En ese momento, la Municipalidad rechazó sus pretensiones. Para intentar proteger la propiedad estatal de esa zona, que en ese momento pertenecía aún al dominio provincial, el Gobierno de entonces envió al Concejo Deliberante la declaración de interés público de esa tierra, para que quede &#8220;sujeta a expropiación&#8221;, lo que fue aprobado por los ediles.</p>



<p>Calonge obtuvo —y desde entonces en el Municipio se preguntaron gracias a quién, sin respuesta— un plano que quiso visar en Obras Públicas. El expediente fue &#8220;pisado&#8221; hasta que se lo rechazaron en 2007. Luego, la Municipalidad fue a la Justicia para solicitar la restitución del inmueble. La causa incluyó a todos los ocupantes de avenida España entre el 601 y el 707.</p>



<p>Contra Raúl Eduardo Calonge y Mirta Foyo (España 605); Maria Marta Hidalgo y Juan Cruz Gonzalez (España 601), Norma Di Napoli y Natalia Andrea Morán (España 705), Maria Graciela Calonge y Lucia Vellón (España 615) y Amelia María Suárez (España 707) fue la Municipalidad en esa causa, que inició la por entonces directora de Asesoría Letrada, Paola Basso, por instrucción del intendente Mario Barbieri.</p>



<p>El intento de restitución municipal estaba relacionado con las obras del llamado Nuevo Boulevard en el marco del plan estratégico turístico del Gobierno de Barbieri, que servía de marco para sostener el planteo del Estado local respecto de la necesidad de recuperar esas tierras. Por eso la ordenanza que declaró &#8220;de utilidad pública&#8221; la zona en 2006, pero también por eso la ordenanza del año 2000 que inició el proceso de traspaso de la propiedad provincial a la municipal de esas tierras, lo que culminó con la escrituración en 2017.</p>



<p>Mientras tanto, la disputa legal continuaba con mayor o menor preocupación por parte de los gobiernos de turno y sus responsables del área legal. Después de Basso, en los gobiernos de Guacone, Giovanettoni y Salazar, los directores de Asesoría Letrada fueron Juan Benseny, Daniel Porta, José Macchia —atravesó varias gestiones y fue quien más duró en el cargo— y Ricardo Uguet.</p>



<p>El largo litigio tuvo idas y vueltas en Provincia, informes contradictorios por parte de organismos internos de la Autoridad del Agua, testimonios, prueba documental y otros elementos probatorios que llevaron al juez a la convicción de que no corresponde la pretensión restitutiva del Municipio y que, en el caso de Calonge, porque lo había iniciado ante la Justicia, tiene derecho a la prescripción en su favor, es decir a escriturar en su nombre vía usucapión.</p>



<p>Uno de los puntos fundamentales para fallar en este sentido es la consideración de esa tierra como un bien de &#8220;dominio privado del Estado&#8221;. Fue el centro de la disputa, porque si el Municipio hubiera logrado demostrar que se trataba de &#8220;dominio público&#8221; habría triunfado, puesto que ese tipo de biene, afectados al uso y goce de todos los ciudadanos, son &#8220;inalienables e imprescriptibles&#8221;. Los de &#8220;dominio privado&#8221;, en cambio, no se diferencian de otros bienes particulares, por lo que les corresponde aplicar &#8220;los mismos principios&#8221; que al resto.</p>



<p>La Fiscalía de Estado &#8220;no contaba con elementos cartográficos&#8221; para definir si esa zona debía ser considerada aluvional o no. La Gerencia de Servicios de Inmueble del Estado dijo que sí, puesto que eso es parte de la sedimentación natural del río contra la antigua barranca. La Autoridad del Agua dictaminó que &#8220;se debe considera al predio en cuestión como permanente&#8221; peusto que está &#8220;a considerable distabcia de los proceso aluvionales&#8221; que ocurren cerca del río.</p>



<p>El Departamento de Estudio y consistencia dominial de objetos Territoriales estableció que el bien en cuestión &#8220;no constituye terreno aluvional&#8221; y selló la suerte del caso. ARBA se había desentenddo, puesto que el tema no afectaba &#8220;intereses provinciales&#8221;, en la medida en que el terreno ya era de dominio municipal.</p>



<p>Aunque luego la Autoridad del Agua y la Dirección de Geodesia dictaminaron lo que en principio era obvio respecto del carácter aluvional de esos terrenos al señalar que &#8220;no existe posibilidad alguna de que el origen no se vincule con la dinámica fluvial&#8221;, la inscripción del inmueble a nombre de la Municipalidad que bra en el Registro de la Propiedad con fecha de febrero de 2017.</p>



<p>Allí, señala el juez Prats, quedó establecido que &#8220;los terrenos en cuestión no tienen naturaleza de aluvión como sostuvo el Municipio sino de permanente y, en segundo lugar, que pertenecen al dominio privado de la Municipalidadde San Pedro&#8221;.</p>



<p>El planteo municipal fue, básicamente, que esos predios habían sido usurpados y que correspondía su desalojo puesto que eran terrenos de dominio público. Sin embargo, al ser considerado de dominio privado, si los ocupantes pueden acreditar &#8220;seria y real posesión&#8221;, la pretensión no es atendible.</p>



<p>En el caso de Raúl Calonge, que fue el que interpuso la demanda de usucapión, la Justicia ponderó las pruebas a su favor para concluir que efectivamente lleva más de 20 años de posesión. Tanto su nombre como los de María Marta Hidalgo, María Graciela Calonge, Norma Di Nápoli y Amelia Suárez y las construcciones de cada uno aparecen en el &#8220;plano de mensura para primera inscripción presentado por laMunicipalidad de San Pedro en la Dirección de Geodesia el año 1998&#8243;.</p>



<p>Como se dijo, el fallo del juez Prats rechaza la demanda interpuesta por la Municipalidad para lograr la restitución vía desalojo de esos terrenos y además, en el caso de Calonge, hace lugar a su solicitud de usucapión al declarar prescripto a su favor del dominio del lote que ocupa, lo que le permite inscribirlo a su nombre en el Registro de la Propiedad y habilita las acciones del resto de los ocupantes.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d-DCzPB9doH0DOEa8dinzacEJdg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/05/WhatsApp-Image-2023-05-06-at-13.06.37-1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La sentencia definitiva del juez Hernán Prats favoreció a quienes ocupan más de 100 metros desde la sede de Agrupación Mallorca hacia la zona del Tiro Federal. El fallo rechaza la restitución de esa tierra que planteó el Estado local y además permite la escrituración a Raúl Calonge, lo que habilita al resto a entablar acciones por lo mismo.]]>
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                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2023-05-08T17:17:23+00:00</published>
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