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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2026-09-02T18:10:37+00:00</updated>
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            Anses y la segunda etapa de retiros voluntarios: quiénes pueden acceder y cuál es el plazo límite
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d2GIia7Ab4gXUlfHNjKDwRgEJdA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/anses.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) puso en marcha una segunda etapa de su Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR), destinado a trabajadores del organismo que opten por finalizar su vínculo laboral mediante un acuerdo con la institución.</p><p>La medida fue formalizada a través de la Resolución 261/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y se enmarca en el proceso de reforma y modernización del Estado impulsado por el Gobierno nacional.</p><p>El período para presentar la adhesión permanecerá abierto hasta el próximo 30 de septiembre, siendo esta la segunda etapa establecida por la administración nacional. En la primera, en San Pedro solo motivó a tres empleados a adherirse a la propuesta.</p><p>El programa está dirigido al personal de planta permanente de Anses, es voluntario y la aceptación queda sujeta a la evaluación y aprobación del organismo.</p><p>No incluye a trabajadores que estén procesados o condenados por delitos contra la administración pública, procedimientos disciplinarios en curso, aquellos que hayan iniciado un trámite jubilatorio o presentado su renuncia, y empleados que superen los 62 años de edad.</p><p>En el caso de quienes mantengan litigios laborales pendientes, podrán acogerse siempre que desistan expresamente de esas acciones.</p><p>La nueva etapa contempla una compensación económica para quienes sean aceptados en el programa. El esquema mantiene el criterio de calcular la gratificación en función de la remuneración y la antigüedad del trabajador. En esta segunda etapa, el beneficio tiene un tope de 19 haberes brutos.</p><p>El pago se realizará en una sola cuota cuando el monto no supere los 80 millones de pesos. Si la suma excede ese límite, será abonada en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d2GIia7Ab4gXUlfHNjKDwRgEJdA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/anses.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo previsional habilitó una nueva convocatoria para empleados de planta permanente que quieran finalizar su relación laboral mediante un acuerdo con la institución. El plazo para adherir vence el 30 de septiembre. El tope son 19 salarios brutos.]]>
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                                <updated>2026-09-02T18:10:37+00:00</updated>
                <published>2026-09-02T18:10:19+00:00</published>
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            Planes de trabajo: cómo sumar empleados y capacitarlos con ayuda del Estado
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FeNf_NKluSFcqxZpNwWANLw1W7Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2020/08/oficina_de_empleo_0.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El plan que promociona la Secretaría de Empleo Municipal y la Delegación del Ministerio de Trabajo comprende la compensación directa de 18.000 pesos por cada empleado que un comercio o pequeña empresa contrate durante un año. El empleador también recibe 13.000 en concepto de las cargas sociales a pagar y el resto del sueldo corre a su cargo. </p>



<p>En el caso del programa de capacitación la edad de los postulantes es la misma pero no implica obligación de pago para la empresa y se extiende por nueve meses durante cuatro horas diarias de lunes a viernes. La remuneración que el aprendiz percibe es variable pero nunca menor a los 11.500 pesos.</p>



<p>En esta modalidad es necesario pasar por una inscripción previa en el portal de empleo donde cualquier pequeña o mediana empresa puede subir sus datos y proponer a través de los canales que se ofrecen en la localidad algunos postulantes que pueda haber preseleccionado. </p>



<p>También pueden inscribirse por su cuenta quienes pretendan ser contratados pero lo recomendable es saber a quién ofrecer servicios y en qué rubro desea ser tenido en cuenta para una posible contratación permanente si llega a un acuerdo con quien pueda ofrecerle un trabajo permanente. </p>



<p>Los ejemplos varían según la oferta del territorio pero desde una peluquería a una distribuidora con menos de 10 empleados registrados pueden ser parte del programa. La gastronomía y el alojamiento están entre las más elegidas pero se sabe que ante la falta de mano de obra capacitada y la ventaja de no generar una relación de dependencia inmediata los comercios podrán elegir entre varios aspirantes. </p>



<p>Hace pocos días, el titular de una pollería manifestó frente a esta propuesta su entusiasmo por poder llegar a emplear a alguien que esté dispuesto a entrenar en un oficio que requiere de muchos cuidados tanto en la manipulación de alimentos como en la destreza para el trozado y la atención al cliente. </p>



<p>Hay varios ejemplos en los que la Oficina de Empleo ha conectado a personas que están registradas y en búsqueda de empleo de acuerdo a requerimientos de distintos rubros que van desde una auxiliar administrativa a una mucama de hotel.</p>



<p>El programa se llama &#8220;Te Sumo&#8221; y como se dijo contempla categorías que pueden visualizarse en el link que lleva a una gráfica que explica las modalidades de contratación de acuerdo al rango de cada empresa e incluso contempla cuestiones de género.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FeNf_NKluSFcqxZpNwWANLw1W7Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2020/08/oficina_de_empleo_0.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Comercios y pequeñas empresas pueden contratar jóvenes de 18 a 24 años para capacitarlos sin abonar sueldos durante nueve meses o para recibir parte del sueldo durante un año.]]>
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                                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                                <updated>2022-01-28T14:06:17+00:00</updated>
                <published>2022-01-28T08:30:10+00:00</published>
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