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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2026-05-08T12:00:06+00:00</updated>
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            Rainbowex: camino al juicio, piden apartar a Viviani en el marco del ofrecimiento de pruebas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XBr1u8OddUJRWzyhbw1vH15C-5I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/rainbowex_ufi_7_viviani_declaraciones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Comenzó la etapa de ofrecimiento de pruebas camino al juicio oral y público por la causa Rainbowex, la plataforma de inversiones en criptomonedas que resultó una estafa piramidal tipo esquema ponzi, en la que las partes involucradas propondrán testigos, pericias, etc.</p><p>En ese marco, la defensa de uno de los imputados por el delito de estafas reiteradas hizo un planteo de recusación para apartar de la causa a la fiscala María del Valle Viviani, titular de la UFI 7, quien instruye la causa desde que decidió iniciarla de oficio ante las publicaciones de La Opinión sobre el caso.</p><p>La abogada Sofía Sanjurjo, defensora particular de Andrés Desanzo, planteó al juez en lo Correccional Sebastián Zubirí que hay una "situación de antagonismo e incompatibilidad que hace imposible la actuación imparcial" de Viviani "en cualquier causa en la que intervenga" ella como abogada.</p><p>En primer lugar, Sanjurjo señaló que en el marco de la causa por el caso Marcel ella denunció formalmente a Viviani ante la Procuración, lo que le valió un llamado de atención a la titular de la Fiscalía n.° 7 “por falta de diligencia y adecuado control en el manejo de efectos”, tras lo que se excusó de continuar.</p><p>"La existencia de este sumario administrativo, su tramitación y la sanción disciplinaria resultante, constituyen por sí solos un antecedente objetivo e incontrovertible", sostuvo la abogada.</p><p>Además, indicó que Viviani "ha adoptado una conducta sistemática y reiterada de excusarse en todas y cada una de las causas" en las que Sanjurjo interviene como defensora, lo que, consideró, constituye "un patrón de comportamiento" que "evidencia la existencia de un vínculo de hostilidad personal".</p><p>Por otra parte, en el escrito presentado ante el juez las abogadas Sanjurjo y Croizet, que representan a Desanzo, adhirieron a la prueba ofrecida por Fiscalía y ofrecieron testigos para que declaren en el juicio.</p><p>Desanzo había sido detenido en el marco de los allanamientos ordenados por la Justicia para el 19 de diciembre de 2024. En ese momento fueron apresados siete de los 14 sampedrinos imputados en la causa.</p><p>Estuvo alojado en la cárcel de San Nicolás hasta que a fines de enero de 2025 el juez de Garantías dictó la falta de mérito para él y otros acusados, por lo que sólo quedaron tras las rejas Maximilano Braga, Luis Pardo y Alexis Pan.</p><p>Desanzo es empleado de Papel Prensa y miembro del sindicato que conduce Gerardo Gelabert, quien forma parte del grupo de acusados que irá a juicio por el caso Rainbowex. En su defensa sostuvo que él también fue estafado al participar de la plataforma de "la China".</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XBr1u8OddUJRWzyhbw1vH15C-5I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/rainbowex_ufi_7_viviani_declaraciones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En agosto será la audiencia preliminar antes del debate oral y público. La defensa de uno de los acusados hizo un planteo de recusación de la titular de Fiscalía 7, que ahora debe resolver el juez.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-05-08T12:00:06+00:00</updated>
                <published>2026-05-08T12:00:00+00:00</published>
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            Ecocidio: ratificaron la condena a tres apicultores sampedrinos por el incendio en islas
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/ecocidio-ratificaron-la-condena-a-tres-apicultores-sampedrinos-por-el-incendio-en-islas" type="text/html" title="Ecocidio: ratificaron la condena a tres apicultores sampedrinos por el incendio en islas" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/guISaFmBGUTdHcvo1H1Yy_oCNN8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2021/07/226b84b9-5db8-4879-8a60-e294fdd68887.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La condena a tres apicultores de San Pedro a penas superiores a los tres años de prisión fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal, en el marco de la causa por el incendio que en 2022 arrasó alrededor de 6 mil hectáreas en las islas Las Lechiguanas, a la altura de Ramallo.</p><p>Oscar y Jesús Magallanes —padre e hijo— junto a Miguel Ramón Morales habían sido hallados culpables por la jueza Noemí Berros, del Tribunal Oral Federal de Paraná, por el delito “estrago doloso” hallándolos responsables de una de las tantas quemas que formaron parte de una serie de focos ígneos que, ese año, generaron un grave daño ambiental en la región.</p><p>El fallo fue ahora confirmado por Casación, que avaló los criterios de la sentencia original. En ese marco, los hermanos Magallanes recibieron penas de tres años y seis meses de prisión, mientras que Morales fue condenado a tres años y dos meses.&nbsp;</p><p>Durante el proceso, el fiscal José Ignacio Candioti Puyol había solicitado penas de cuatro años de cumplimiento efectivo. En su momento, el representante del Ministerio Público Fiscal remarcó la importancia del caso para la protección de los humedales.</p><p>La Opinión señaló, en su momento, que el fiscal fundamentó la relevancia del caso para "preservar la zona de humedales, cuidar el delta". “Nos parecía que la pena no merecía que fuera condicional en este tipo de delitos ambientales", destacó el fiscal.&nbsp;</p><p>"Se comprobó que actuaron con pleno conocimiento de la antijuridicidad de su conducta. Hay mensajes de texto que lo comprueban. Ellos sabían lo que podía suceder, que ese incendio se iba a propagar y a causar el daño que causó", aseguró.</p><p>Según la investigación, en 2022 los tres hombres fueron ubicados en la zona del arroyo del Tigre, a la altura del kilómetro 310 del río Paraná, en las islas Lechiguanas.&nbsp;</p><p>Allí fueron detenidos por personal de la Prefectura Naval Argentina con base en Ramallo. Como justificación, argumentaron que habían encendido el fuego para generar un cortafuego que protegiera su rancho y las colmenas.</p><p>El caso sumará ahora un nuevo capítulo judicial. La defensa pública presentó un recurso extraordinario federal contra la resolución de Casación, por lo que será la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que deberá intervenir y revisar la sentencia definitiva.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/guISaFmBGUTdHcvo1H1Yy_oCNN8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2021/07/226b84b9-5db8-4879-8a60-e294fdd68887.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Casación confirmó las penas por el fuego que arrasó unas 6 mil hectáreas en 2022 en Las Lechiguanas. La defensa presentó un recurso extraordinario y será la Corte Suprema quien revise el fallo contra los sampedrinos.]]>
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                                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                                <updated>2026-04-14T21:20:07+00:00</updated>
                <published>2026-04-14T21:16:32+00:00</published>
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            Caso Butara: 20 años para dos de los cinco sampedrinos acusados y juicio por jurados para el resto
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/caso-butara-20-anos-para-dos-de-los-cinco-sampedrinos-acusados-y-juicio-por-jurados-para-el-resto" type="text/html" title="Caso Butara: 20 años para dos de los cinco sampedrinos acusados y juicio por jurados para el resto" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HUOF9WA1zKNCYmSxjuKgE8vqFtQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/condenados_butara_el_norte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La primera parte del juicio contra los cinco sampedrinos acusados de integrar una banda que asaltó y asesinó al comerciante César Butara en Ramallo terminó con condena de 20 años de prisión para dos de los cinco acusados.</p><p>Facundo Gómez, de 28 años, y José "Toti" Pereyra Retamal, de 25, fueron hallados culpables de homicidio criminis causae, el tipo de asesinato que se comete para consumar otro delito, en este caso el robo a la familia en su vivienda.</p><p>Por su parte, Walter Díaz (34), sindicado como líder de la banda; Miguel Pereyra Retamal (24); y Ramiro Cáceres, que cuando ocurrió el hecho tenía 18 años recién cumplidos y fue señalado como quien disparó el arma homicidia, serán juzgados por jurado popular en julio próximo, puesto que así lo solicitaron junto a sus defensores.</p>Los cinco detenidos son oriundos de San Pedro.<p>En el caso de los condenados la semana pasada, habían elegido el juicio técnico y el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 de San Nicolás hizo lugar al planteo de la fiscala María Verónica Marcantonio, que los acusó de formar parte de una banda que urdió un plan coordinado para cometer el asalto en cuyo marco mataron al comerciante.</p><p>César Butara fue asesinado el 20 de febrero de 2024 por la mañana en su casa ubicada en una zona de quintas de Ramallo. Los delincuentes irrumpieron en la vivienda.</p><p>La esposa de Butara, que tenía 57 años, abrió la puerta de su casa alrededor de las 8.00 de la mañana de ese lunes y fue sorprendida por los ladrones, que la amenazaron a punta de pistola.</p><p>Cuando entraron a la casa, la mujer gritó y su esposo, que estaba cambiándose para ir a trabajar, corrió hasta el living. Allí recibió un disparo por parte de uno de los delincuentes, que accionó el arma de fuego que portaba sin dudar. La bala dio en el pecho de Butara, que murió en el acto.</p>César Butara tenía 57 años, era abogado y comerciante en Ramallo.<p>Los delincuentes, tras cometer el asesinato, redujeron al resto de la familia, revisaron toda la casa en busca de dinero y destruyeron algunos de los teléfonos celulares que había.&nbsp;</p><p>Del lugar huyeron con una suma cercana al millón de pesos, entre moneda argentina y dólares, en una moto Honda XR 150 del hijo de la víctima.</p><p>Fueron apresados en un asentamiento precario de Villa Ramallo conocido como barrio La Laguna. La investigación llegó a ellos por el rastro de uno de los teléfonos celulares que no habían destruido.&nbsp;</p><p>En un descampado cercano hallaron la moto, que habían intentado incendiar, más una cartera con ropa, documentación y otros efectos personales de Butara.</p><p>Durante el transcurso del proceso penal, allegados a uno de los ahora condenados a 20 años de prisión aseguraron que él no tenía por qué pagar por el crimen,</p><p>Consideraban que era "culpable hasta cierto punto", en la medida en que reconocían su participación en la banda pero señalaban que al no haber sido el que accionó el arma no deberían darle la misma cantidad de años de cárcel que a quien disparó.</p><p>Sin embargo, el Código Penal es claro al respecto: considera partícipe necesario a quien haya hecho un "aporte esencial" para la comisión del delito en cuestión y establece que la pena es la misma para quien, como en este caso, disparó el arma homicida como para los cómplices que integraron la banda, planificaron el robo y lo cometieron, cada uno con el rol asignado.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HUOF9WA1zKNCYmSxjuKgE8vqFtQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/condenados_butara_el_norte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Facundo Gómez y José Pereyra Retamal fueron hallados culpables en el juicio. El resto de los acusados tendrá debate con jurado popular en julio. César Butara fue asesinado en Villa Ramallo cuando delincuentes irrumpieron en su casa con fines de robo.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-07-02T14:25:06+00:00</updated>
                <published>2026-03-02T15:32:56+00:00</published>
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            Elevaron a juicio la causa El Clan, con seis hombres y dos mujeres acusados de vender drogas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4AMkUPgXJugAJ5ygky_gnY4AI0Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/allanamiento_el_clan_briceno.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La denominada causa El Clan, que tiene a ocho personas acusadas de formar parte de una banda dedicada a la venta de drogas con el dueño del restobar céntrico de ese nombre como presunto jefe, fue elevada a juicio.</p><p>El expediente recayó en el Tribunal en lo Criminal n.° 1 de San Nicolás, integrado por Laura Fernández, Belén Ocaris y Cristian Ramos, y esta semana comenzó el ofrecimiento de prueba camino al debate.</p><p>Los imputados son seis varones y dos mujeres: Miguel Angel Briceño, &nbsp;Alejo La Horca, Sebastián Mando, &nbsp;Daniel Ezequiel Mitacek, Jeremías Javier Garay y Jeremías Ezequiel Zacarías; Nancy Lorena Lescano y Geraldine Alejandra Pereyra.</p><p>Todo están acusados de formar parte de la banda, cuyos líderes, según la acusación, eran Briceño y La Horca, aunque de ellos dos sólo el primero llega al juicio detenido, puesto que al otro le habían dictado falta de mérito, al igual que a Sebastián Mando.</p><p>La Fiscalía n.° 1 que conduce Verónica Marcantonio lleva al juicio la acusación contra Briceño y La Horca de proveer al resto de cocaína y marihuana para su comercialización al menudeo en San Pedro.</p><p>Esa actividad fue detectada por la investigación al menos entre el 28 de diciembre de 2023 y el 27 de marzo de 2024, fecha en la que se produjeron los 16 allanamientos que permitieron desbaratar la banda.</p><p>A Briceño lo acusan de ser el cabecilla, con el restobar El Clan, ubicado en Las Heras 75, en pleno centro de la ciudad, como pantalla. En su casa, ubicada en San Martín al 1400 secuestraron dos ladrillos de marihuana que arrojaron un peso de un kilo con 162 gramos y cinco envoltorios de cocaína, que pesaron 135 gramos.</p><p>Además, incautaron celulares; una computadora; dinero en efectivo en dólares, pesos y reales brasileños. En uno de los autos que usaba Briceño pusieron un rastreador para detectar sus movimientos. En su defensa, dijo que la droga “se la pusieron”.</p><p>A Alejo La Horca lo allanaron en Maestro Reyna al 1100. En su casa secuestraron una balanza, un envoltorio con 10,5 gramos de cocaína, recortes de nylon, dinero en efectivo y teléfonos celulares.</p><p>En su defensa, La Horca dijo que la droga no le pertenecía, sino que era de un vecino que tiene problemas de adicciones y que con Briceño lo unía un vínculo relacionado con la venta de celulares.</p><p>También dijo que las veces que usó el BMW X6 del dueño de El Clan, un automóvil valuado en más de 40 mil dólares, se lo había pedido prestado "para hacerse el lindo" y "hacerse ver con las amigas".</p><p>En la casa de Nancy Lescano y su hija Alejandra Pereya, ubicada en Dávila al 500, secuestraron 48 envoltorios de cocaína fraccionada listos para la venta, que arrojaron un peso total de 17,8 gramos, una balanza y celulares.</p><p>La causa comenzó con una denuncia anónima contra Jeremías Garay, en cuyo marco la investigación permitió establecer que era Briceño quien le proveía las drogas y derivó en el seguimiento del resto de los integrantes de la banda.</p><p>Garay recibió el beneficio de arresto domiciliario y su pareja dijo que no tenían "nada como para decir que vendía drogas", al tiempo que aseguró que "no encontraron nada de nada" y que llegado el momento iba a hablar de “la corrupción de los políticos, la policía, de todos”.</p><p>Según obra en el expediente, en su casa de Libertad al 800 secuestraron 45 envoltorios de cocaína fraccionada y lista para la venta que pesaba 11 gramos, además de "material de estiramiento".</p><p>Jeremías Zacarías, reconocido delincuente del Bajo Puerto que quedó parapléjico en un enfrentamiento a los tiros en ese barrio y que cumple condena con arresto domiciliario, también forma parte de la banda y su caso se resolverá en juicio de trámite abreviado.</p><p>Zacarias, que tiene domicilio en el poste 27 de la calle Vapor Correo Nacional, fue allanado por la División Drogas Ilícitas de la policía. En su casa secuestraron 51 envoltorios de cocaína listos para la venta, que arrojaron un peso de 20 gramos, y una escopeta calibre 16 doble caño.</p><p>A Daniel Mitacek lo allanaron en el poste 22 del Bajo Puerto. Le secuestraron 11 envoltorios de cocaína fraccionada y lista para la venta, que pesaba 136 gramos, además de teléfonos celulares, dinero en efectivo y una pistola Taurus calibre 40 cargada.</p><p>Sebastián Mando fue considerado prófugo de la Justicia porque no estaba en su casa la madrugada de los allanamientos. Lo detuvieron algunos días después.&nbsp;</p><p>En su declaración dijo que las plantas de marihuana secuestradas en su casa eran para consumo personal y que aparecía en los movimientos de cuentas bancarias de Briceño por cuestiones relacionadas con su trabajo como mecánico.</p><p>El Tribunal en lo Criminal n.° 1 debe disponer fecha para el debate oral y público en el que se ventilarán los hechos relacionados con la denominada banda de El Clan, acusada de vender drogas en San Pedro.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4AMkUPgXJugAJ5ygky_gnY4AI0Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/allanamiento_el_clan_briceno.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El caso recayó en el Tribunal en lo Criminal n.° 1 de San Nicolás. Este semana comenzó el ofrecimiento de prueba. Zacarías, que quedó cuadripléjico en otro hecho y cumple arresto domiciliario, tendrá juicio abreviado.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-02-25T15:45:15+00:00</updated>
                <published>2026-02-13T12:00:00+00:00</published>
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            Absolvieron a los acusados de vender drogas en el barrio Cruz Roja
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tJ4JZVlzA1L4gbYp2fIwJQyombo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/policia_division_drogas_ilicitas_allanamiento.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Federico Luciano Cabrera y Carlos Prudencio Benítez, ambos de 41 años, fueron absueltos por la Justicia en el juicio en el que se debatió la acusación que pesaba sobre ellos por presunta venta de drogas en la zona del barrio Cruz Roja.</p><p>Ambos llegaron a la instancia de debate oral y público tras denuncias anónimas que motivaron una investigación de la División Drogas Ilícitas de la policía y la Fiscalía 11 que conduce Viviana Ramos.</p><p>La Justicia los consideró inocentes tras señalar que la investigación "se sustentó en observaciones indirectas, sin constatación definida y precisa de actos de comercialización atribuibles a los imputados".</p><p>Durante el juicio, no quedó debidamente probado el delito que se le endilgó a los acusados.&nbsp;</p><p>Los policías a cargo de la pesquisa no declararon haberlos visto entregando estupefacientes a terceros ni recibiendo dinero a cambio, así como tampoco aportaron imágenes fotográficas o filmaciones.</p><p>Hubo un policía de la División Drogas Ilícitas asignado a tareas de campo que sólo pudo señalar que de acuerdo "su entender", su "experiencia" y su "interpretación" se veían movimientos compatibles con la venta de drogas. Las fotos que obtuvo eran "ostensiblemente borrosas" y no aportaron nada en concreto, de acuerdo a lo que consideró el Tribunal.</p><p>Nunca interceptaron a nadie afuera de los domicilios señalados que hubiera ido a comprar drogas, así como tampoco hicieron seguimiento sobre los presuntos clientes. De la misma manera, no lograron divisar sustancias estupefacientes en su poder.</p><p>Así, el Tribunal consideró "inexistencia de pruebas directas sobre actos de venta" tras la investigación de la División Drogas Ilícitas. Además, cuestionó que las fotos aportadas "carecían de metadatos verificables", lo que impidió "constar fecha, hora y coordenadas de geolocalización", garantías técnicas necesarias para darles valor probatorio.</p><p>Lo único que hallaron en los allanamientos en las viviendas de los imputados fueron cuatro gramos de cocaína en uno &nbsp;y 15 gramos en el otro, algo de dinero y teléfonos celulares. Nada más. No había balanzas, recortes de nylon, elementos para fraccionar o estirar la droga, anotaciones vinculadas a la venta ni nada por el estilo.</p><p>Para que haya condena en una causa penal, la prueba debe ser "clara, precisa y suficiente", establece el Código Procesal.&nbsp;</p><p>El Tribunal coincidió con el defensor oficial, Joaquín Castro, respecto de la "fragilidad" de los elementos probatorios aportados, en la "inexistencia de actos concluyentes de comercialización y la insuficiencia de los indicios para acreditar habitualidad, elemento esencial de la figura imputada".</p><p>En su alegato, la fiscala Viviana Ramos reconoció la ausencia de filmaciones y fotografías que puedan probar el delito de venta de drogas y lo atribuyó a "la realidad de barrios hostiles y a la precariedad de recursos con que cuenta la policía".</p><p>El Juez consideró que no se puede establecer responsabilidades penales con el argumento de que el Estado dispone de pocas herramientas para la investigación, puesto que, aun si así fuera el caso, "resulta a todas luces contrario a los más elementales principios constitucionales".&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tJ4JZVlzA1L4gbYp2fIwJQyombo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/policia_division_drogas_ilicitas_allanamiento.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia consideró que la causa "se sustentó en observaciones indirectas" sin pruebas concretas respecto de que Federico Cabrera y Carlos Benítez comercializaran estupefacientes. El juez puso el foco en la orfandad probatoria de la investigación policial.]]>
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                                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2025-05-12T21:09:02+00:00</published>
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        <title>
            Juicio contra dos acusados por vender drogas en el barrio Cruz Roja
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/juicio-contra-dos-acusados-por-vender-drogas-en-el-barrio-cruz-roja" type="text/html" title="Juicio contra dos acusados por vender drogas en el barrio Cruz Roja" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v-AFJFasRdV3gi79BaG1HRwP4t0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/drogas_ilicitas_dda_allanamiento.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este martes se desarrolla en San Nicolás el debate oral y público en el marco de una causa por venta de drogas que llega a juicio tras la etapa de instrucción penal correspondiente.</p><p>Por el caso hay dos personas del barrio Cruz Roja que fueron involucradas en la causa tras una investigación que comenzó con denuncias anónimas.</p><p>Fueron al menos dos las llamadas al 911 en las que advertían que habría comercialización de estupefacientes en la zona de Facundo Quiroga y Mato Sbert.</p><p>En esas llamadas involucraron a los imputados, Federico Cabrera y Carlos Benítez, sobre quienes comenzó una investigación de la policía de la División Drogas Ilícitas.</p><p>Los elementos colectados, con tareas de inteligencia que incluyeron seguimiento, videofilmaciones y fotografías, lograron que el Juzgado de Garantías interviniente autorizara los allanamientos solicitados por la Fiscalía 11.</p><p>En las diligencias, el material estupefaciente secuestrado fue escaso: alrededor de 15 gramos de cocaína en el caso de Benítez y menos de un gramo en el de Cabrera.</p><p>Aun así, la causa llegó a instancia de solicitud de elevación a juicio y recayó en el Tribunal Oral en lo Criminal que el martes juzgará a los acusados.</p><p>Fiscalía intentará probar la acusación relacionada con la venta de drogas y la Defensa Oficial que los asiste procurará establecer que las pruebas no alcanzan para la imputación que los llevó al banquillo.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v-AFJFasRdV3gi79BaG1HRwP4t0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/drogas_ilicitas_dda_allanamiento.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La causa comenzó con llamadas anónimas que los acusaban de comercializar estupefacientes al menudeo. La investigación de la División Drogas Ilícitas permitió que los allanaran, pero les secuestraron cantidades ínfimas. Aun así, el caso llegó a juicio, que se desarrolla este martes en San Nicolás.]]>
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                                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2025-05-06T11:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Causa Camioneros: confirmaron el juicio oral contra Cabaleyro y Espíndola por pedir coimas a la empresa Rey
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/causa-camioneros-confirmaron-el-juicio-oral-contra-cabaleyro-y-espindola-por-pedir-coimas-a-la-empresa-rey" type="text/html" title="Causa Camioneros: confirmaron el juicio oral contra Cabaleyro y Espíndola por pedir coimas a la empresa Rey" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hTitKr7SxMt-8LI6WfJipY9c3co=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/06/cabaleyro-espindola-presos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La denominada "causa Camioneros", que tiene a los sindicalistas Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola con prisión domiciliaria acusados de pedir coimas a la empresa Rey Distribución, tendrá finalmente juicio oral y público en el que se establecerá si son culpables o no de los delitos que se les imputan.</p><p>La Cámara de Apelaciones confirmó la elevación a juicio que había hecho la jueza de Garantías, decisión que el abogado defensor, Mauricio Gugger, había logrado frenar en Casación, donde los jueces cuestionaron a los camaristas y le pidieron un nuevo análisis.</p><p>Así, tras una serie de idas y vueltas del expediente, entre apelaciones, devoluciones a Cámara y análisis de jueces tras planteos de la defensa, finalmente habrá juicio y será allí donde las partes deberán exponer con detalle sus posiciones.</p><p>Cabaleryo y Espíndola están imputados por dos hechos de turbación de la posesión; dos hechos de tentativa de coacción; y dos hechos de extorsión.</p><p>Fiscalía sostiene que Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola pidieron coimas a la empresa Rey Distribución bajo la amenaza de no permitirles trabajar y que cuando no hacían efectivo el pago les hacían paro de personal, les bloqueaban la planta y los denunciaban en el Ministerio de Trabajo.</p><p>La defensa intentó por todos los medios no llegar al juicio: recusó a la fiscala Viviani, a la jueza Maiztegui y hasta a los camaristas. Sin embargo, ahora deberá esperar al debate oral y público para intentar demostrar la inocencia de los sindicalistas.</p><p>Fernando Espíndola y Maximiliano Cabaleyro, que además de sindicalista era concejal del Frente de Todos en San Nicolás y lo suspendieron en uso licencia, fueron detenidos el 8 de abril de 2022 y lograron, tras varios planteos de la defensa, arresto domiciliario a mediados de 2023. El resto de los imputados está en libertad.</p><p>Los jueces Alomar y Moreno, de la Cámara de Apelaciones, resolvieron rechazar los planteos de Gugger y confirmar la elevación a juicio, que tenía hasta sorteado al Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Nicolás para juzgar el caso.</p><p>La Justicia ya había rechazado la recusación de los jueces de la Cámara de Apelaciones nicoleña, quienes fueron los que, finalmente, tomaron la decisión de dejar firme la elevación a juicio contra los sindicalistas.</p><p>La Cámara consideró que hay elementos probatorios suficientes para considerar probables autores penalmente responsables de esos delitos a los imputados, por lo que la causa amerita el juicio en el que se ventilarán los hechos y se definirá si son culpables o no.</p><p>En su fallo, los jueces cuestionan al defensor particular de Cabaleyro y Espíndola, el abogado Mauricio Gugger por "no tomar vista completa" del escrito de elevación a juicio, ya que plantea por qué el debate sería sólo para ellos, cuando en realidad es para todos.</p><p>Es decir que Carlos Julián Ojeda, Matías Agustín Torres, Edgardo Di Mayo, Enzo Ivo Ojeda, Maximiliano Daniel Pérez y Lucas José Torres también irán a juicio, aunque por delitos menos graves que los líderes sindicales.</p><p>Además, pasaron de largo una serie de consideraciones que hizo Gugger y señalaron que esos planteos "deberán ser ventilados y abordados en el debate en audiencia oral en donde se analizará y relacionará la totalidad de los &nbsp;elementos de prueba para arribar luego a una decisión definitiva".</p><p>Para los jueces, los elementos que hay en la causa son suficientes para acreditar la materialidad delictiva planteada por Fiscalía y las sospechas de participación de los imputados, por lo que entienden que la causa está en condiciones de ser elevada a juicio. Ahora el Tribunal debe poner la fecha.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hTitKr7SxMt-8LI6WfJipY9c3co=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/06/cabaleyro-espindola-presos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Casación había anulado la elevación a juicio y le pidió a la Cámara de Apelaciones que vuelva a analizar la postura y exponga motivos para su decisión. Los camaristas cuestionaron a la defensa de los sindicalistas y señalaron que sus planteos deberá hacerlos en el debate oral y público, que tendrá lugar cuando el Tribunal ponga la fecha.]]>
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                                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                                <updated>2024-12-09T19:13:03+00:00</updated>
                <published>2024-12-09T19:12:56+00:00</published>
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        <title>
            Aguardan el veredicto del segundo juicio por el crimen de Florencia Cresta
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/aguardan-el-veredicto-del-segundo-juicio-por-el-crimen-de-florencia-cresta" type="text/html" title="Aguardan el veredicto del segundo juicio por el crimen de Florencia Cresta" />
        <id>https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/aguardan-el-veredicto-del-segundo-juicio-por-el-crimen-de-florencia-cresta</id>
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/aguardan-el-veredicto-del-segundo-juicio-por-el-crimen-de-florencia-cresta">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eYiiVH16buAjr2C_I8ZTYvYwV5s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2021/12/P1000887-1024x768-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Durante martes y miércoles se llevó adelante en San Nicolás el segundo juicio oral y público por el crimen de María Florencia Cresta, ocurrido en noviembre de 2013.</p>



<p>Se espera que el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2, integrado por los jueces María Elena Baquedano, Alejandro López y la titular del Juzgado Correcional, Luciana Díaz Bancalari, informe su veredicto y dicte sentencia contra los acusados.</p>



<p>Oscar López y Nicolás Arriola fueron imputados siete años después del crimen, luego de que aparecieran elementos que permitieron considerar serias sospechas sobre ellos.</p>



<p>El caso Florencia Cresta ya había tenido un juicio, con Milcíades Lencina como acusado y absuelto ante la falta de elementos probatorios reunidos durante la instrucción inicial, a cargo de la exfiscala Gabriela Ates.</p>



<p>Siete años después, una mujer víctima de abuso sexual declaró que su victimario la amenazó con que le iba a pasar &#8220;lo mismo que a Florencia Cresta&#8221;.</p>



<p>La fiscala Ramos informó al respecto a Manso, que subrogaba la causa en la UFI 7 y la comparación de muestras de ADN permitió involucrar a López de manera directa en el caso y luego sumar a Arriola como cómplice.</p>



<p>Florencia Cresta fue encontrada asesinada y con signos de abuso sexual en un descampado próximo a un cementerio privado el 19 de noviembre de 2013.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eYiiVH16buAjr2C_I8ZTYvYwV5s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2021/12/P1000887-1024x768-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras las dos jornadas del debate, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de San Nicolás define la situación de Oscar López y Nicolás Arriola, los acusados.]]>
                </summary>
                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2021-12-23T13:15:10+00:00</updated>
                <published>2021-12-23T08:03:00+00:00</published>
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            Pidieron 10 años de prisión para quien abusó de una menor a la salida de un baile
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/pidieron-10-anos-de-prision-para-quien-abuso-de-una-menor-a-la-salida-de-un-baile" type="text/html" title="Pidieron 10 años de prisión para quien abusó de una menor a la salida de un baile" />
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/pidieron-10-anos-de-prision-para-quien-abuso-de-una-menor-a-la-salida-de-un-baile">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fGosS4T7W7veVlbacZRNsrJ8Z-w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2021/03/20150520_165434.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El lunes de esta semana culminó en el Tribunal Criminal N° 1 de San Nicolás el juicio oral y público en el que se ventiló un aberrante delito cometido en el año 2019 y caratulado como abuso sexual con acceso carnal.</p>



<p>Durante el debate se evaluó lo acontecido durante la madrugada del domingo 7 de julio cuando un joven identificado como Aníbal Guntre, que en ese momento tenía 31 años, fue acusado de abusar de una mujer menor de edad que había concurrido a presenciar la actuación de Karina &#8220;La Princesita&#8221; en el club La Esperanza.</p>



<p>Durante el juicio cada parte expuso su postura y mientras el acusado se defendió asegurando que fue un acto consentido, la víctima marcó ciertas dudas en sus expresiones lo que podría favorecer al acusado a la hora de conocer el veredicto.</p>



<p>El fiscal Marcelo Manso estuvo a cargo de la instrucción y solicitó para el acusado 10 años de prisión efectiva renovable a 5 años si es que el Tribunal así lo considera teniendo en cuenta que Guntre cuenta con frondosos antecedentes donde sobresale el cumplimiento de una condena de 4 años por un hecho de robo.</p>



<p>El imputado no es oriundo de San Pedro pero por esos días se encontraba en la ciudad desempeñándose como vendedor ambulante y esa noche también se encontraba en el baile siendo allí donde tomó contacto con la joven que en ese momento tenía 16 años.</p>



<p>Según se denunció la víctima en su momento, el hombre obligó a la mujer a trasladarse a las afueras del baile, la llevó hacia un terreno baldío cercano al lugar y la sometió sexualmente.</p>



<p>Ahora será el Tribunal quien resuelva lo acontecido durante el juicio y evalúe el futuro judicial del procesado situación que se definirá en los próximos días.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fGosS4T7W7veVlbacZRNsrJ8Z-w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2021/03/20150520_165434.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El hecho sucedió en el 2019 y ambos habían concurrido al baile del club La Esperanza. La fiscalía solicitó una pena de prisión efectiva aunque se deberá aguardar la consideración del Tribunal.]]>
                </summary>
                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2021-03-05T18:00:11+00:00</updated>
                <published>2021-03-05T07:31:18+00:00</published>
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