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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2022-05-25T10:12:26+00:00</updated>
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            Condenaron a 15 años a Tulio Matiussi y Anselmo Ojeda por los abusos en el jardín Belén y absolvieron a María Luján Rubíes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/B9nEyeG5OjQlRP_aO4cLX4UUHys=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2022/05/364b4ace-0e50-49e7-a580-15ead202c558.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de San Nicolás halló culplables de abuso sexual simpe reiterado y agravado al sacerdote Tulio Matiussi y al portero Anselmo Ojeda y los condenó a 15 años de prisión de efectivo cumplimiento, al tiempo que absolvió, por el beneficio de la duda, a la preceptora María Luján Rubíes.</p>



<p>Los jueces ordenaron la inmediata detención del cura y el portero, aunque para ambos dispuso el beneficio de arresto domiciliario. Se descuenta que sus defensas apelarán ante la Cámara de Casación el fallo del Tribunal.</p>



<p>En su veredicto, los magistrados consideraron probada la materialidad delictiva de los hechos investigados y las reponsabilidades como autores penales de ellos a Matiussi y Ojeda. La duda respecto de su efectiva participación favoreció a Rubíes, que resultó absuelta.</p>



<p>El Tribunal señaló en su entencia que la imposibilidad que planteó la defensa respecto de los hechos &#8220;no es tal&#8221; y que no hay dudas respecto de que los abusos fueron cometidos tal y como los relataron las víctimas en sus declaraciones bajo el sistema de cámara Gesell tras la denuncia radicada por padres y madres.</p>



<p>Para el Tribunal, docentes y autoridades del jardín Belén, aportados como testigos por la defensa de los acusados tuvieron un testimonio coincidente, &#8220;que pareciera pasado de unas a otras&#8221; y que hubo inconsistencias y datos inconexos en lo que consideraron un &#8220;relato interesado en la negación de la existencia de los hechos.&#8221;</p>



<p>La sentencia rechazó la consideración del abogado defensor de Matiussi respecto de que hubo &#8220;histeria colectiva&#8221; en base a testimonios de padres y madres que si bien no consideraron que sus hijos o hijas puedan haber sido víctimas sí dieron cuenta de que no se podían desacreditar sin más las denuncias.</p>



<p>Respecto de la denominada &#8220;pista intrafamiliar&#8221;, el Tribunal indicó que hubo contradicciones en los testimonios que lo plantearon y que esa hipótesis &#8220;está muy lejos de poner en duda los hechos&#8221; investigados en la causa, que &#8220;están probados&#8221; en el marco del expediente y así fue establecido durante el juicio.</p>



<p>&#8220;Se encuentran debidamente probados los hechos&#8221;, señalaron los jueces López, Baquedano y Ocariz, que señalaron que &#8220;los hechos fueron cometidos por las personas aquí imputadas&#8221; aunque hicieron la &#8220;salvedad respecto de la duda&#8221; en relación a Rubíes, lo que permitió que fuera absuelta.</p>



<p>Los agravantes están acreditados, puesto que no está en discusión que Matitussi era sacerdote a cargo de la parroquia San Roque ni que Ojeda como portero y Rubíes como preceptora hayan tenido responsabilidades de guarda sobre las víctimas, con quienes tenían contacto directo como tales, es decir que eran &#8220;garantes de la integridad y seguridad&#8221; de niños y niñas en el jardín.</p>



<p>En los relatos bajo sistema de cámara Gesell, las víctimas de abuso señalaron a Tulio Matiussi y Anselmo Ojeda en varios pasajes, y a Rubíes en menos oportunidades y con otras consideraciones que los magistrados entendieron menos certeras que respecto de los dos varones acusados.</p>



<p>La defensa de los condenados apelará el fallo del Tribunal para que la Cámara de Casación revise la causa y se expida al respecto, por lo que ambos sentenciados permanecerán en la condición de detenidos con beneficio de arresto domiciliario al menos hasta que ello suceda.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/B9nEyeG5OjQlRP_aO4cLX4UUHys=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2022/05/364b4ace-0e50-49e7-a580-15ead202c558.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El cura, el portero y la preceptora no estaban presentes en el recinto, aunque sí sus abogados defensores. Antes de dar a conocer la sentencia, el Tribunal leyó extensos considerando sobre la materialidad delictiva y las responsabilidades de los imputados. Matiussi y Ojeda fueron condenados a 15 años de prisión efectiva por abuso sexual simple agravado y reiterado, por lo que ordenaron la detención de ambos pero con arresto domiciliario.]]>
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                                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                                <updated>2022-05-25T10:12:26+00:00</updated>
                <published>2022-05-24T15:43:58+00:00</published>
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            Juicio por abusos en el jardín Belén: piden entre 28 y 33 años de cárcel para el cura, la preceptora y el portero
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DQfuesDviQsXXUY6mhQAl035GYE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2022/05/rubies-sale-del-recinto.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>En el marco del juicio oral y público por los presuntos abusos sexuales a niños y niñas que cursaban en el jardín Belén, de gestión privado religiosa, Fiscalía y querella particular pidieron entre 28 y 33 años de cárcel para los tres imputados.</p>



<p>El fiscal Hernán Granda, que instruyó la causa tras la excusación de Manso y Ramos, solicito 28 años de prisión; el abogado Ariel Fusco, representante de las familias denunciantes, constituidas en la causa como particulares damnificados, pidieron 33 años, informó para La Opinión la periodista del diario El Norte de San Nicolás, Carolina Mitriani.</p>



<p>El sacerdote Tulio Matiussi, cura párroco de la iglesia San Roque, de la que depende el jardín y que en el momento de la denuncia era representante legal de la institución educativa, fue imputado por abuso sexual simple agravado por su condición de ministro de un culto religioso.</p>



<p>Anselmo Ojeda, portero del jardín, y María Luján Rubíes, preceptora en el establecimiento, fueron imputados por abuso sexual simple agravado por sus responsabilidades de guarda respecto de las víctimas.</p>



<p>El juicio comenzó el lunes pasado y estaba previsto que terminara el viernes, aunque para ese día recién pudieron cumplir con la ronda de testigos, a pesar de que no declararon los alrededor de 60 previstos, sino que hubo testimonios que fueron desistidos por la Defensa.</p>



<p>El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 dará a conocer su veredicto el martes 24 de mayo a las 14.00. Allí definirá si el cura, la preceptora y el portero son culpables y van presos por los delitos que los llevaron a juicio o son declarados inocentes.</p>



<p>El único que llegó en condición de detenido al debate fue Ojeda, quien cumplía arresto domiciliario en la casa de una hermana en Morón. Matiussi estuvo detenido pero fue excarcelado por la Cámara de Apelaciones de Garantías, que entendió que no era necesario que llegara al juicio tras las rejas. La preceptora, por su parte, nunca fue aprehendida por cuestiones relacionadas con su frágil estado de salud.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DQfuesDviQsXXUY6mhQAl035GYE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2022/05/rubies-sale-del-recinto.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal Granda y la querella solicitaron esa pena para Tulio Matiussi, María Luján Rubíes y Anselmo Ojeda durante los alegatos de este lunes. El Tribunal dará a conocer su veredicto el martes 24 de mayo.]]>
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                                <updated>2022-05-16T23:49:48+00:00</updated>
                <published>2022-05-16T14:06:53+00:00</published>
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