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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2026-05-22T23:30:05+00:00</updated>
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            Tasas impagas: cómo los municipios cobran deudas de tasas y amplían su patrimonio
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K5Vub7QkK7Kiep9rrnWnCq9TqN8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/javier_silva_tasas_impagas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>*Por &nbsp;Javier Silva especialista en Derecho Sucesorio y Registral</p><p>&nbsp;</p>I. El desafío municipal: cobranza con patrimonio limitado<p>Los municipios enfrentan un desafío permanente: cómo recuperar la mayor cantidad de deuda de tasas con los menores recursos posibles. Un contribuyente que adeuda varios años de tasas municipales representa un quebranto en las arcas locales. Pero también representa una oportunidad: si ese contribuyente no puede pagar en dinero, ¿puede pagar con un bien inmueble que posee? ¿Hay un mecanismo que permita al Municipio recuperar ese bien y agregarlo a su patrimonio para destinar a vivienda, equipamiento o regularización?</p><p>Sí. Existen dos herramientas muy distintas para lograr esto. Una es negociada (dación en pago) y otra es forzada (ejecución judicial). La efectividad de ambas determina la eficiencia fiscal del municipio y su capacidad para agrandar el patrimonio.</p>II. Primera herramienta: dación en pago (mecanismo negociado)<p>La dación en pago es un acuerdo donde el contribuyente deudor entrega un bien inmueble al Municipio en cancelación de su deuda de tasas. No hay dinero de por medio. Es un intercambio: bien por deuda.</p><p>¿Cuáles son las ventajas municipales de este mecanismo?</p><p>1-. Velocidad: Se resuelve rápidamente, sin necesidad de juicio.</p><p>2-. Certidumbre: No hay riesgo de que el deudor presente apelaciones o defensas.</p><p>3-. Ahorro presupuestario: No gasta recursos en litigios, peritos judiciales, edictos, martilleros.</p><p>4-. Ampliación patrimonial: El municipio adquiere un inmueble para su patrimonio.</p><p>¿Cómo funciona operativamente?</p><p>El contribuyente presenta una propuesta al Municipio:</p><p>“Debo $150.000 de tasas. Tengo una parcela en [barrio]. ¿La aceptan como pago?”</p><p>El Municipio evalúa:</p><p>- ¿Cuál es el valor de mercado de esa parcela?</p><p>- ¿Cubre el valor del inmueble la deuda?</p><p>- ¿Hay interés municipal en agregarlo al patrimonio?</p><p>Si la respuesta es sí, se procede a tasación. Según las normas municipales (que varían según cada jurisdicción), la valuación se hace a precio de mercado, típicamente certificada por:</p><p>- Banco de la Provincia de Buenos Aires</p><p>- Una Comisión de Justiprecio municipal</p><p>- Un perito valuador independiente</p><p>Una vez valuado el bien, se redacta un acuerdo de dación en pago que especifica: (a) la deuda que se cancela; (b) el bien que se entrega; (c) la valuación del bien. El acuerdo debe ser refrendado por el Departamento Ejecutivo del Municipio (intendente o su delegado). Luego, el Municipio inscribe el bien en el Registro de Propiedades a su nombre y lo incorpora al patrimonio.</p><p>¿Qué sucede si hay diferencia entre el valor del bien y la deuda? Si el bien vale más que la deuda, el municipio acepta la diferencia como ganancia patrimonial. Si vale menos, típicamente se rechaza la propuesta, a menos que el Municipio tenga interés estratégico en ese terreno para planes de vivienda o equipamiento.</p>III. Segunda herramienta: ejecución judicial (mecanismo forzado)<p>Cuando no hay acuerdo posible, o cuando el contribuyente no responde a ofrecimientos, el Municipio acciona vía judicial. Presenta un juicio ejecutivo para cobrar la deuda de tasas. Este procedimiento es más costoso en tiempo y dinero, pero garantiza al Municipio la posibilidad de recuperar el bien.</p><p>Las etapas son:</p><p>1.- Presentación de demanda ejecutiva: el Municipio alega deuda, adjunta comprobantes.</p><p>2.- Sentencia condenatoria: si el tribunal valida la deuda, ordena al deudor pagar en 30 días.</p><p>3.- Embargo: si no paga, se procede a congelar bienes del deudor.</p><p>4.- Tasación del inmueble: el tribunal designa perito o usa valuación fiscal.</p><p>5.- Remate judicial: se vende en subasta pública (hoy, electrónica).</p><p>6.- Liquidación: del producto de la venta, se cobra el Municipio (con privilegio).</p>IV. La tasación en contexto judicial: valuación fiscal y riesgo de malventa<p>Aquí surge un problema operativo para el Municipio. Cuando un inmueble llega a remate judicial, la base (precio inicial) se fija como dos tercios (2/3) de la valuación fiscal actualizada. Pero la valuación fiscal es típicamente significativamente inferior al precio real de mercado.</p><p>Ejemplo: un terreno vale en mercado $ 600.000. Pero su valuación fiscal (catastral) es $ 250.000. Dos tercios de eso es $ 166.667. Esa es la base del remate. Resultado: el inmueble se vende por mucho menos de lo que vale, y el municipio se cobra su deuda, pero se pierde valor patrimonial.</p><p>¿Hay solución? Sí. El Código Procesal permite que cuando no exista valuación fiscal, el juez designe un perito valuador independiente. Y más importante: el juez puede apartarse de la tasación si considera que generaría malventa. Puede fijar una base mayor, incluso un precio de reserva (mínimo por debajo del cual no se adjudica). Esto protege al Municipio de rematar bienes a precio depreciado.</p>V. ¿Puede el municipio quedarse directamente con el bien?<p>Sí. El Municipio puede participar como comprador en la subasta, pujando como cualquier otro postor. Si nadie ofrece más, el Municipio se adjudica el bien a su valor de base. Esto permite al Municipio crecer su patrimonio sin gasto de dinero: simplemente, se compensa el valor del bien contra la deuda de tasas.</p><p>Alternativamente, el bien puede ser vendido a terceros. En ese caso, del producto de la venta (que será mayor si participan múltiples postores), el Municipio cobra con privilegio: extrae primero lo que le deben de tasas, y el resto se distribuye entre otros acreedores.</p>VI. Comparación operativa: dación vs. ejecución<p>Para que un municipio entienda cuándo usar cada herramienta:</p><p>Dación en pago:</p><p>- Usa cuando: el contribuyente ofrece un bien específico</p><p>- Velocidad: 2 a 4 meses</p><p>- Costo: mínimo (tasación, acuerdo administrativo)</p><p>- Riesgo: bajo. Control total de valuación</p><p>- Resultado: el Municipio agrega un bien específico al patrimonio</p><p>Ejecución judicial:</p><p>- Usa cuando: no hay acuerdo o el Municipio quiere recuperar bienes específicos del deudor</p><p>- Velocidad: 8 a 18 meses</p><p>- Costo: mayor (abogados, peritos, publicaciones, martillero)</p><p>- Riesgo: medio-alto. Puede haber malventa si la valuación fiscal es baja</p><p>- Resultado: el Municipio se cobra y potencialmente agrega un bien al patrimonio</p>VII. Procedimiento de ejecución: pasos municipales claves<p>Desde la perspectiva municipal, el procedimiento ejecutivo requiere:</p><p>1-. Cartera actualizada de deudores: saber exactamente quién debe, desde cuándo y cuánto.</p><p>2-. Intentos de cobro administrativo: notificaciones, recordatorios, antes de litigar.</p><p>3-. Demanda ejecutiva fundamentada: con documentación que acredite la deuda (boletas, certificaciones, notificaciones previas).</p><p>4-. Monitoreo del proceso: estar presente en cada etapa para proteger los intereses municipales.</p><p>5-. Solicitud de mayor base de remate: si la valuación fiscal es baja, el municipio (como acreedor ejecutante) puede pedir al juez que aumente la base para evitar malventa.</p><p>6-. Participación en la subasta: decidir si pujar como comprador o permitir que terceros adquieran.</p><p>7-. Liquidación y cobranza: asegurar que el municipio cobre su deuda del producto del remate.</p>VIII. Limitaciones operativas y realidad municipal<p>A pesar de que estas herramientas existen desde hace décadas, muchos municipios no las aplican sistemáticamente. ¿Por qué? Las razones son operativas:</p><p>- Falta de presupuesto dedicado a gestión de cobranza y litigios</p><p>- Recursos humanos limitados en áreas de Rentas y Legales</p><p>- Prioridades políticas que cambian con cada administración</p><p>- Resistencia política: ejecutar a contribuyentes genera conflicto</p><p>- Incertidumbre legal: la jurisprudencia varía según jurisdicción</p><p>Sin embargo, municipios como Malvinas Argentinas, La Matanza y San Martín han demostrado que es posible ejecutar programas sistemáticos de recuperación de bienes por deuda de tasas. El resultado es evidente: ampliación patrimonial, lotes disponibles para vivienda social y mejor gestión fiscal.</p>IX. Reflexión para administraciones municipales<p>Los municipios cuentan con dos herramientas poderosas para recuperar lo que se les debe y agrandar su patrimonio: la dación en pago (rápida, de bajo costo y efectiva) y la ejecución judicial (más lenta, más cara, pero exhaustiva). Ambas son legales, están reguladas y otros municipios las usan.</p><p>La pregunta para cada administración municipal es: ¿cuánto patrimonio estamos dejando sin recuperar por falta de gestión? ¿Cuántos bienes que podrían destinarse a vivienda o espacios públicos permanecen en manos de deudores insolventes?</p><p>Una política de cobranza sistemática no es solo justicia fiscal: es desarrollo municipal.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K5Vub7QkK7Kiep9rrnWnCq9TqN8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/javier_silva_tasas_impagas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Mientras muchos municipios enfrentan crecientes niveles de morosidad en el pago de tasas, existen herramientas legales que permiten no solo recuperar deuda, sino también ampliar el patrimonio público. Javier Silva explica la dación en pago y la ejecución judicial como mecanismos claves para transformar pasivos fiscales en activos municipales.]]>
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                <updated>2026-05-22T23:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-05-22T23:30:00+00:00</published>
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            La vulnerabilidad del dominio: cuando la deuda convierte al derecho en rehén
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/la-vulnerabilidad-del-dominio-cuando-la-deuda-convierte-al-derecho-en-rehen" type="text/html" title="La vulnerabilidad del dominio: cuando la deuda convierte al derecho en rehén" />
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tklLi65_HLD3tS-OcRmRYM1qZS4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/impuestos_silva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>*Por Javier Silva, abogado especialista en derecho registral y sucesorio</p><p>Durante décadas se enseñó en las facultades de derecho que el dominio era la cúspide del sistema de derechos reales: el más amplio, el más completo, el más protegido, casi inmune a las contingencias jurídicas.</p><p>Sin embargo, la práctica profesional demuestra que esa fortaleza tiene varias fisuras decisivas.</p><p>Un inmueble puede estar perfectamente escriturado, inscripto en el Registro, con mensura, valuación y plano aprobados. Todo en orden documental.&nbsp;</p><p>Pero la acumulación silenciosa de impuestos inmobiliarios o tasas municipales impagas convierte ese derecho —en apariencia sólido— en un dominio vulnerable, condicionado y jurídicamente expuesto. No por capricho del Estado, sino por una razón estrictamente legal.</p>La facultad rei persecutoria: el crédito público persigue cosas, no personas<p>Aquí aparece una diferencia clave entre el crédito privado y el crédito público.El acreedor privado persigue al deudor como persona. Si el bien sale de su patrimonio, la deuda lo sigue a él, no a la cosa. El crédito público funciona al revés.</p><p>El Estado —y el Municipio en particular— ejerce la rei persecutoriedad: la deuda sigue al inmueble, con independencia de quién sea su titular.&nbsp;</p><p>Cambian los nombres, se firman escrituras, circulan boletos, pero la obligación permanece adherida a la cosa como una marca silenciosa. Esa marca pesa. Limita. Vulnera el dominio.</p>Cuando el dominio se debilita, aparece la negociación<p>La deuda fiscal no conduce necesariamente al remate judicial. Ese es el camino extremo y, muchas veces, ineficiente.</p><p>Con frecuencia, la vulnerabilidad del dominio abre una salida más razonable: la dación en pago.</p><p>No es una rendición del propietario ni una imposición estatal. Es un acuerdo: el deudor ofrece y el Municipio acepta un bien —total o parcialmente— para extinguir la deuda. El inmueble deja de ser un problema y se convierte en solución.</p>Tres escenarios habituales<p>1. El lote ociosoUn baldío urbano sin uso, con tasas acumuladas durante años. La deuda supera la capacidad de pago y el remate carece de atractivo.&nbsp;</p><p>La dación en pago extingue el crédito y convierte un pasivo urbano en activo público.</p><p>2. La dación parcialEn inmuebles de gran superficie, la deuda puede cancelarse con la cesión de una fracción del terreno. El propietario conserva el resto saneado.</p><p>No hay castigo ni expropiación encubierta: hay reordenamiento patrimonial consensuado.</p><p>3. El inmueble irrecuperableTerrenos con restricciones severas o valor de mercado inferior a la deuda. La ejecución judicial es puro desgaste.</p><p>La dación evita litigios inútiles y permite una solución inmediata y racional.</p>La dación en pago como política patrimonioal de las municipalidades<p>Desde la óptica municipal, la dación en pago no es indulgencia: es estrategia. Permite sanear créditos incobrables, fortalecer el patrimonio, ordenar el territorio y transformar deuda improductiva en bienes con destino público.&nbsp;</p><p>No es confiscación. Es negociación jurídica eficiente.</p>Conclusión: el dominio que no paga, negocia o circula<p>El derecho de propiedad no se debilita por la intervención estatal, sino por el incumplimiento de sus cargas. Frente a la deuda fiscal, el inmueble tiene tres caminos: paga, se ejecuta o se entrega en dación. Muchas veces, esta última es la salida más justa y ordenada.</p><p>Porque la propiedad no vive aislada: se beneficia de la ciudad y participa de su valorización. Y cuando no puede sostener ese costo, encuentra otra forma de integrarse al interés común.</p><p>El dominio se extingue para un titular, pero no desaparece: se transforma. Y en esa transformación, cumple mejor su función social que cuando permanecía ocioso.</p><p>En el derecho patrimonial municipal, eso no es poco: es una solución civilizada, jurídicamente sólida y socialmente razonable.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tklLi65_HLD3tS-OcRmRYM1qZS4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/impuestos_silva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado Javier Silva analiza qué ocurre cuando un inmueble acumula deudas por impuestos o tasas municipales. Negociación y escenarios posibles.]]>
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                                <category term="opinion" label="Opinion" />
                <updated>2026-02-17T23:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-02-17T23:30:00+00:00</published>
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            El Gobierno prepara intimaciones para cobrar alrededor de 400 millones de deuda por tasa de Red Vial
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/plg-hkHf-Fpicm0DAmpq0RJZABk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/caminos_rurales_tasa_de_red_vial.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno municipal intimará a deudores de la tasa por conservación de la red vial que deben al Estado local alrededor de 400 millones de pesos de los períodos que todavía no prescribieron.</p><p>Las deudas corresponden a propietarios de inmuebles rurales que son contribuyentes de la tasa de red vial y que deben desde 2019 a 2025.</p><p>Los 400 millones de deuda representan alrededor del 25 por ciento del total emitido en esos períodos, que suma unos 1497 millones. Ello da cuenta de una cobrabilidad del orden del 75 por ciento en los últimos seis años.</p><p>Entre los deudores hay montos que van de los 800 mil pesos a los 93 millones. La mayoría está entre 1,5 y 6,5 millones de deuda.</p><p>En el Gobierno aseguran que será prioridad cobrarles a grandes deudores, no sólo de tasa de red vial sino también de Servicios Sanitarios y ABL.</p><p>En muchos casos, los contribuyentes ya fueron notificados e intimados, por lo que Rentas está en condiciones de iniciar las acciones judiciales de apremio correspondientes.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/plg-hkHf-Fpicm0DAmpq0RJZABk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/caminos_rurales_tasa_de_red_vial.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Hay deudores de entre 800 mil y 93 millones de pesos, de entre 2019 y 2025. En el Gobierno aseguran que será prioridad cobrarles a grandes deudores.]]>
                </summary>
                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                <updated>2026-02-02T12:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-02-02T12:31:36+00:00</published>
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            Convocan a abogados para el reclamo de deudas por tasas municipales
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/convocan-a-abogados-para-el-reclamo-de-deudas-por-tasas-municipales" type="text/html" title="Convocan a abogados para el reclamo de deudas por tasas municipales" />
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Peuf6sAk9b9RHBJV0IITrED2M54=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/rentas_tesoreria_tasas_cobrabilidad.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Municipalidad de San Pedro lanzó una convocatoria dirigida a abogados con la finalidad de establecer un Registro para Gestión de Recupero de Deudas.</p><p>El plan es conformar un equipo externo que trabaje para cobrar a contribuyentes con deudas por tasas a través de la vía judicial, para lo que los profesionales cobrarán honorarios una vez finalizado el proceso, con costas a cargo del demandado.</p><p>Los requisitos consisten en estar matriculado en el Colegio del Departamento Judicial San Nicolás, tener una antigüedad mínima de tres años en el ejercicio ininterrumpido de la profesión, experiencia en Derecho Administrativo, Civil y/o Comercial y domicilio en San Pedro o residir en un radio de 50 km.</p><p>Se valorará la experiencia que tengan en representación de organismos públicos, ejecuciones fiscales y cobro ejecutivo, derecho administrativo y contencioso administrativo, y contrataciones públicas, informó la Municipalidad.</p><p>Las solicitudes deberán presentarse hasta las 14.00 del 31 de octubre próximo en la Subsecretaría Legal y Técnica de la Municipalidad que conduce Daniel Porta.</p><p>El horario de atención será de lunes a viernes, de 8.00 a 14.00, o vía email a: dporta@sanpedro.gob.ar.</p><p>También podrán efectuarse consultas a través de la página www.sanpedro.gob.ar o en la Subsecretaría Legal y Técnica, teléfono 3329 53 9593.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Peuf6sAk9b9RHBJV0IITrED2M54=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/rentas_tesoreria_tasas_cobrabilidad.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La finalidad es conformar un equipo de trabajo destinado exclusivamente a la tarea de cobranza. Para ello lanzaron la convocatoria para profesionales, preferentemente con antecedentes en organismos públicos. El plazo vence el 31 de octubre.]]>
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                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2025-10-20T23:30:00+00:00</published>
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            Dycasa cerró en San Pedro y dejó una deuda de más de $ 26 millones con el Municipio
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4MVqaVxd87yMqW85Ma5unNm-5_I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/05/dycasa_planta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El 19 de marzo pasado, la empresa Dycasa, contratista de obra pública en todo el país, despidió a los 36 empleados que quedaban en su taller de San Pedro y cerró las puertas de la planta ubicada en ruta 191 y 9, en medio de una crisis por el parate de proyectos a nivel nacional.</p><p>Dycasa no sólo dejó a esas 36 familias sin su sustento sino que además cerró con una deuda por más de 26 millones de pesos con la Municipalidad, que la Dirección de Rentas intenta cobrarle.</p><p>La empresa debe tasa de seguridad e higiene desde 2014, el año que en la ordenanza impositiva modificó la manera de calcular el pago y dispuso que compañías con importante facturación paguen de acuerdo a la declaración de ingresos brutos.</p><p>Dycasa no pagó nunca más ese tributo desde entonces. Primero omitió presentar las declaraciones juradas, lo que obligó al Estado local a determinar de oficio el monto a abonar por el gravamen.</p><p>Luego interpuso queja por "desproporcionalidad de la tasa" y también planteó la muchas veces discutida presunta falta de contraprestación, aunque el Municipio tiene las actas de inspección de seguridad e higiene que invoca el tributo para existir.</p><p>El último planteo de la empresa fue para solicitar prescripción de la deuda y también fue rechazado, puesto que la Municipalidad había iniciado el juicio de apremio en el Juzgado de Paz para los períodos pasibles de ser prescriptos.</p><p>Dycasa debe 82 boletas por tasa de seguridad e higiene emitidas por el Municipio, que suman un total de 13,5 millones nominales más casi 13 millones de recargo, lo que arroja una deuda total exigible de 26.410.419,57 pesos.</p><p>Tras el rechazo de la Secretaría de Economía al reclamo administrativo interpuesto por la empresa, la Dirección de Rentas quedó en condiciones de solicitar el embargo de cuentas.</p><p>Desde el Gobierno, consultados por La Opinión sobre la resolución firmada por Roberto Borgo, confirmaron que hay &nbsp;un "proceso de convenio" para un plan de pago.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4MVqaVxd87yMqW85Ma5unNm-5_I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2024/05/dycasa_planta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La empresa despidió a todo su personal local en marzo y cerró el taller de ruta 191 y 9. Tiene deudas por tasa de seguridad e higiene desde 2014. Con recargos, suma 25 millones de pesos. El Municipio rechazó un recurso de reconsideración y trabará embargo si no acceden a un plan de pago.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2024-05-14T10:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Extendieron la moratoria por 90 días: “Llevamos 3200 convenios por más de $ 100 millones”
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/extendieron-la-moratoria-por-90-dias-llevamos-3200-convenios-por-mas-de-100-millones" type="text/html" title="Extendieron la moratoria por 90 días: “Llevamos 3200 convenios por más de $ 100 millones”" />
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dVt7HexF-BMJidGfkkAIwfWqx-Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/03/WhatsApp-Image-2023-02-22-at-12.03.10.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Este jueves el Gobierno municipal informó la decisión de prorrogar la moratoria que permite a los contribuyentes con deudas de tasas saldarlas con quitas de intereses y multas y en planes de pago que incluyen hasta 24 cuotas.</p>



<p>El director de Rentas, Silvio Jaime, informó en Radio Cuarentena que hasta ahora firmaron alrededor de 3200 planes de pago, que implican más de 100 millones de pesos de los aproximadamente 650 millones que tienen para recuperar de la deuda existente.</p>



<p>&#8220;Hasta mediados de febrero se condenaba el 100 % de los intereses y a partir de ahí, finalizada la primera etapa, es el 90 % de los intereses, que se renueva ahora por 90 días más, venciendo el 20 de junio&#8221;, indicó.</p>



<p>Jaime destacó que hasta el momento el porcentaje de deuda recuperada asciende al 15 por ciento, teniendo en cuenta, dijo, que &#8220;la cobrabilidad histórica que tiene el Municipio ronda casi un 35 por ciento&#8221;.</p>









<p>El 78 por ciento de los convenios acordados para saldar deudas de tasas se firmaron por un solo pago, que tenía el porcentaje mayor de quita de intereses y multas, por lo que el contribuyente sólo debía pagar el monto correspondiente al capital adeudado.</p>



<p>L&#8221;as tasas de mayor recaudación son la de ABL y Servicios Sanitarios. Con eso tenemos casi más del 80 por ciento de los planes. Después le sigue la tasa de Seguridad e Higiene, y por último Publicidad y Propaganda&#8221;, detalló el contador.</p>



<p>Con la prórroga anunciada, quien adhiera pagará, si lo hace en una sola cuota, con un descuento del 90 por ciento de interses y multas.</p>



<p>En cuotas, habrá descuentos pero se aplicarán en cada caso intereses de financiación del 2 y el 2,5 % según corresponda.</p>



<p>Para pagar en tres cuotas, la quita será del 80 por ciento, con el 2 % de interés; en seis, el descuento será del 60 % y también habrá un 2 por ciento extra por la financiación; en 12 cuotas, pagará un 40 por ciento menos de intereses y multas, y el mismo extra.</p>



<p>Quien luego de los 60 días pague en 18 cuotas obtendrá una quita del 20 por ciento y se le aplicará un interés de financiación del 2,5 % mensual. En 24 cuotas, lo mismo.</p>



<p>El Ejecutivo podrá analizar situaciones especiales en las que, ante la imposibilidad fundada de pago, los plazos puedan ampliarse hasta en un 50 por ciento de lo previsto.</p>



<p>El incumplimiento o falta de pago de cuotas implicará la caducidad de los beneficios de la moratoria, aunque el Gobierno podrá evaluar casos considerados “de fuerza mayor” para posibilitar la reinserción al programa.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dVt7HexF-BMJidGfkkAIwfWqx-Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/03/WhatsApp-Image-2023-02-22-at-12.03.10.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno decidió prorrogar la posibilidad de adhesión a lo planes de pago para saldar deudas de tasas. El director de Rentas, Silvio Jaime, detalló la situación en Radio Cuarentena.]]>
                </summary>
                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                <updated>2023-03-25T08:59:19+00:00</updated>
                <published>2023-03-24T08:57:12+00:00</published>
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            Moratoria: Rentas pasó por Gobernador Castro y Río Tala, la semana que viene va a Santa Lucía
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/moratoria-rentas-paso-por-gobernador-castro-y-rio-tala-la-semana-que-viene-va-a-santa-lucia" type="text/html" title="Moratoria: Rentas pasó por Gobernador Castro y Río Tala, la semana que viene va a Santa Lucía" />
        <id>https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/moratoria-rentas-paso-por-gobernador-castro-y-rio-tala-la-semana-que-viene-va-a-santa-lucia</id>
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pFtKuwGa0CjzcntgsvtAFs4CWHQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/02/0218518b-9219-4f97-8307-38c1633a9bfd.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>En el marco de la vigencia de la moratoria para deudores de tasas municipales, el Gobierno dispuso asesoramiento para contribuyentes de las localidades, con personal de la Dirección de Rentas.</p>



<p>Empleados del área que conduce Silvio Jaime estuvieron en Gobernador Castro y en Río Tala, y la semana que viene durante jueves y viernes, harán lo propio en Santa Lucía, para brindar información sobre las posibilidades que ofrece el plan de facilidades de pago.</p>



<p>El 19 de febrero vence la primera etapa de la moratoria, que implica la posibilidad de pagar deudas de tasas de ABL, Servicios Sanitarios, Seguridad e Higiene y Publicidad y Propaganda con una quita de intereses y multas de hasta el 100 por ciento para quienes abonen al contado.</p>







<p>Quien adhiera a la moratoria hasta el 19 de febrero también podrá abonar en tres cuotas con una quita del 80 %; en seis, con quita del 60 %.</p>



<p>Si elige pagar en 12 cuotas, tendrá una quita del 40 % un interés de financiación del 2 % mensual; si paga en 18, la quita será del 20 y correrá el mismo interés del 2 %; si paga en 24 cuotas, tendrá un descuento del 20 % de intereses y multas pero con la aplicación de un interés de financiación del 2,5 % mensual.</p>



<p>Quien adhiera luego de los primeros 60 días y quiera pagar al contado, tendrá una quita del 90 por ciento. En cuotas, habrá descuentos pero se aplicarán en cada caso intereses de financiación del 2 y el 2,5 % según corresponda.</p>



<p>Para pagar en tres cuotas, la quita será del 80 por ciento, con el 2 % de interés; en seis, el descuento será del 60 % y también habrá un 2 por ciento extra por la financiación; en 12 cuotas, pagará un 40 por ciento menos de intereses y multas, y el mismo extra.</p>



<p>Quien luego de los 60 días pague en 18 cuotas obtendrá una quita del 20 por ciento y se le aplicará un interés de financiación del 2,5 % mensual. En 24 cuotas, lo mismo.</p>



<p>El Ejecutivo podrá analizar situaciones especiales en las que, ante la imposibilidad fundada de pago, los plazos puedan ampliarse hasta en un 50 por ciento de lo previsto.</p>



<p>El incumplimiento o falta de pago de cuotas implicará la caducidad de los beneficios de la moratoria, aunque el Gobierno podrá evaluar casos considerados &#8220;de fuerza mayor&#8221; para posibilitar la reinserción al programa.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pFtKuwGa0CjzcntgsvtAFs4CWHQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/02/0218518b-9219-4f97-8307-38c1633a9bfd.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El área que conduce Silvio Jaime brindó asesoramiento en las localidades respecto de los planes vigentes para saldar deudas de tasas. Hasta el 19 de febrero rige la posibilidad de adherir para pagar al contado con quita del 100 % de intereses y multas.]]>
                </summary>
                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                <updated>2023-02-04T15:37:36+00:00</updated>
                <published>2023-02-03T17:56:56+00:00</published>
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            Quedan 20 días para la moratoria sin intereses: llevan más de 800 planes por $ 21 millones
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        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/quedan-20-dias-para-la-moratoria-sin-intereses-llevan-mas-de-800-planes-por-21-millones" type="text/html" title="Quedan 20 días para la moratoria sin intereses: llevan más de 800 planes por $ 21 millones" />
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                <![CDATA[La Opinión Semanario]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/quedan-20-dias-para-la-moratoria-sin-intereses-llevan-mas-de-800-planes-por-21-millones">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ecZzc3crGA6UDwndcvmO8UAfMRw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/01/WhatsApp-Image-2022-12-19-at-12.39.57-PM-1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>&#8220;El sistema está funcionando&#8221;, destacó el director de Rentas, Silvio Jaime, respecto de los resultados de la moratoria, cuando quedan 20 días para adherirse a los planes con quita de hasta el 100 por ciento de intereses.</p>



<p>Hasta el momento, llevan unos 808 planes de regularización de deudas de tasas acordados, que representan unos 21 millones de pesos, señaló el funcionario.</p>



<p>Luego, habrá un mes más con otras alternativas para acceder a las posibilidades de saldar deudas de tasas como ABL, Servicios Sanitarios, Seguridad e Higiene y Publicidad y Propaganda.</p>



<p>Jaime destacó que el equipo de Rentas planificó visitas a las localidades para asesorar a los vecinos sobre la moratoria y otros temas relacionados con el pago de tributos municipales.</p>









<p>La semana pasada estuvieron el jueves en Gobernador Castro, donde volvieron este martes. En Río Tala estarán jueves y viernes, de 9.00 a 13.00 y en Santa Lucía los días 9 y 10 de febrero, en el mismo horario.</p>



<p>La mayoría de las personas que adhirió al plan de facilidades de pago acordó convenios para saldar la deuda en una cuota, lo que implica la quita del 100 por ciento de intereses y multas.</p>



<p>Quien adhiera a la moratoria hasta el 19 de febrero también podrá abonar en tres cuotas con una quita del 80 %; en seis, con quita del 60 %.</p>



<p>Si elige pagar en 12 cuotas, tendrá una quita del 40 % un interés de financiación del 2 % mensual; si paga en 18, la quita será del 20 y correrá el mismo interés del 2 %; si paga en 24 cuotas, tendrá un descuento del 20 % de intereses y multas pero con la aplicación de un interés de financiación del 2,5 % mensual.</p>



<p>Quien adhiera luego de los primeros 60 días y quiera pagar al contado, tendrá una quita del 90 por ciento. En cuotas, habrá descuentos pero se aplicarán en cada caso intereses de financiación del 2 y el 2,5 % según corresponda.</p>



<p>Para pagar en tres cuotas, la quita será del 80 por ciento, con el 2 % de interés; en seis, el descuento será del 60 % y también habrá un 2 por ciento extra por la financiación; en 12 cuotas, pagará un 40 por ciento menos de intereses y multas, y el mismo extra.</p>



<p>Quien luego de los 60 días pague en 18 cuotas obtendrá una quita del 20 por ciento y se le aplicará un interés de financiación del 2,5 % mensual. En 24 cuotas, lo mismo.</p>



<p>El Ejecutivo podrá analizar situaciones especiales en las que, ante la imposibilidad fundada de pago, los plazos puedan ampliarse hasta en un 50 por ciento de lo previsto.</p>



<p>El incumplimiento o falta de pago de cuotas implicará la caducidad de los beneficios de la moratoria, aunque el Gobierno podrá evaluar casos considerados “de fuerza mayor” para posibilitar la reinserción al programa.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ecZzc3crGA6UDwndcvmO8UAfMRw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/01/WhatsApp-Image-2022-12-19-at-12.39.57-PM-1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La mayoría de los contribuyentes que iniciaron planes de pago abonaron en una cuota, con 100 por ciento de quita de intereses y multas. El director de Rentas, Silvio Jaime, informó los avances de la moratoria y explicó el asesoramiento que brindan en localidades.]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-02-01T17:02:46+00:00</updated>
                <published>2023-02-01T07:12:34+00:00</published>
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            Moratoria: casi 600 adhesiones por $ 14 millones, la mayoría pagó al contado y con quita total de intereses
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.laopinionsemanario.com.ar/noticia/moratoria-casi-600-adhesiones-por-14-millones-la-mayoria-pago-al-contado-y-con-quita-total-de-intereses" type="text/html" title="Moratoria: casi 600 adhesiones por $ 14 millones, la mayoría pagó al contado y con quita total de intereses" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ao6VD4zATEZ4AZ_pU5y7QUoDNdA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/01/3df652f3-0b87-41ce-8261-2f3155071329.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Desde el viernes pasado, el Gobierno municipal habilitó en la página web sanpedro.gov.ar la posibilidad de que los contribuyentes puedan adherir a la moratoria por esa vía, tras más de un mes desde que lanzaron el denominado plan de regularización de deudas de tasas.</p>



<p>Desde la Dirección de Rentas que conduce Silvio Jaime informaron que en los primeros 30 días desde que rige la moratoria firmaron 570 convenios por 13,6 millones de pesos de los 1700 millones que hay para cobrar entre los contribuyentes morosos.</p>



<p>El 92 por ciento de los que adhirió, detallaron, firmó un convenio para saldar su deuda en una sola cuota, lo que implica la posibilidad de obtener una quita del 100 por ciento de los intereses y multas, para abonar sólo el capital adeudao.</p>



<p>Jaime informó que Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) y Servicios Sanitarios son las tasas que más planes de pago implicaron desde que abrieron la moratoria, que incluye además Seguridad e Higiene (con algunas excepciones como los mínimos especiales), Red Vial y Publicidad y propaganda, hasta el 1 de junio de 2022.</p>



<p>&#8220;La pagina web ya funciona correctamente y se pueden realizar desde allí&#8221;, anunció el director de Rentas y su par de Modernización, Gabriel Gaona, dijo a La Opinión que ahora iniciarán el camino hacia la implementación del botón de pago desde el propio site municipal.</p>



<p>Para adherir a la moratoria a través de la web, el contribuyente debe registrarse en el sitio. Al ingresar, un pop up con estética de sorteo, que incluye hasta un &#8220;últimas semanas, ¿te lo vas a perder?&#8221;, anuncia el plan de facilidades.</p>



<p>Una vez registrado y logueado, hay que seleccionar la tasa sobre la que se quiere firmar convenio para la moratoria, el número de cuenta, el correo eléctronico y un teléfono celular.</p>



<p>Luego, si la cuenta cumple con las condiciones para acceder al plan de facilidades, se le indicará las posibilidades de pago, entre las que el contribuyente elegirá para luego confirmar la adhesiónn.</p>



<p>Una vez confirmado, se desplegará el comprobante del convenio, cuya validez quedará establecida al abonarse en caja dentro de las 24 horas de generado, quedando sin efecto al pasar ese lapso.</p>



<p>Quien adhiera a la moratoria dentro de los 60 días podrá pagar al contado con una quita del 100 por ciento de los intereses y multas de cada tributo adeudado; también podrá abonar en tres cuotas con una quita del 80 %; en seis, con quita del 60 %.</p>



<p>Si elige pagar en 12 cuotas, tendrá una quita del 40 % un interés de financiación del 2 % mensual; si paga en 18, la quita será del 20 y correrá el mismo interés del 2 %; si paga en 24 cuotas, tendrá un descuento del 20 % de intereses y multas pero con la aplicación de un interés de financiación del 2,5 % mensual.</p>



<p>Quien adhiera luego de los primeros 60 días y quiera pagar al contado, tendrá una quita del 90 por ciento. En cuotas, habrá descuentos pero se aplicarán en cada caso intereses de financiación del 2 y el 2,5 % según corresponda.</p>



<p>Para pagar en tres cuotas, la quita será del 80 por ciento, con el 2 % de interés; en seis, el descuento será del 60 % y también habrá un 2 por ciento extra por la financiación; en 12 cuotas, pagará un 40 por ciento menos de intereses y multas, y el mismo extra.</p>



<p>Quien luego de los 60 días pague en 18 cuotas obtendrá una quita del 20 por ciento y se le aplicará un interés de financiación del 2,5 % mensual. En 24 cuotas, lo mismo.</p>



<p>El Ejecutivo podrá analizar situaciones especiales en las que, ante la imposibilidad fundada de pago, los plazos puedan ampliarse hasta en un 50 por ciento de lo previsto.</p>



<p>El incumplimiento o falta de pago de cuotas implicará la caducidad de los beneficios de la moratoria, aunque el Gobierno podrá evaluar casos considerados “de fuerza mayor” para posibilitar la reinserción al programa.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ao6VD4zATEZ4AZ_pU5y7QUoDNdA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/01/3df652f3-0b87-41ce-8261-2f3155071329.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Rentas informó a La Opinión que en los primeros 30 días firmaron 570 convenios en el marco del plan de regularización de deudas de tasas. Más del 90 por ciento de los que adhirió pagó en una cuota, con quita del 100 % de intereses. Hay 1700 millones de pesos para recuperar y ya se puede hacer el trámite vía web.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-01-25T14:13:18+00:00</updated>
                <published>2023-01-25T07:38:11+00:00</published>
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