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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2026-03-11T21:40:05+00:00</updated>
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            Apelaron el desalojo de la usurpación de las 25 viviendas de Río Tala: &quot;No cumplieron el protocolo&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tOtmqx-VzV34W5cs5pq7T5NSuNk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/25_vivendas_rio_tala_usurpacion.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Para proceder al desalojo de la usurpación de las 25 viviendas de Río Tala, la Justicia deberá resolver el recurso de apelación que presentó la Defensoría Oficial a cargo de Joaquín Castro, que consideró que la jueza Maiztegui no respetó el protocolo vigente para este tipo de casos y recurrió la resolución dictada este martes.</p><p>El defensor oficial advirtió que antes de ordenar el desalojo debían cumplirse una serie de pasos que están protocolizados por la Corte Suprema de Justicia bonaerense para situaciones en las que deben abordarse tomas masivas de terrenos o viviendas.</p><p>Esa medidas fueron dispuestas en su momento para “reducir el impacto social” que generan los desalojos ante la presencia de “grupos numerosos de personas en situación de vulnerabilidad”, por lo que Defensoría consideró que no se tuvo en cuenta ese protocolo y se dictó una orden arbitraria y contraria a derecho.</p><p>El defensor se apoyó en el único informe que existe en la causa, que no es otra cosa que el relevamiento que hizo la policía del Destacamento de Río Tala cuando al otro día de la toma pudo identificar a quienes estaban en el lugar.</p><p>Ese relevamiento dejó asentado que en las 25 viviendas, las personas en situación de toma son en su mayoría mujeres y niños, ambos grupos que deben ser especialmente protegidos.</p><p>Además, Castro cuestionó la intervención de Fiscalía —primero actuó Ramos, por turno; luego la causa pasó a Viviani, por tema— por no haber dispuesto una serie de medidas de prueba que ordena ese protocolo de actuación en estos casos antes de solicitar el desalojo.</p><p>Entre ellas, declaraciones testimoniales, croquis de Policía Científica, censo por parte de personal especializado, como trabajadores sociales, que no sólo individualice a los ocupantes sino que además establezca la situación de vulnerabilidad en que se encuentran.</p><p>También consideró que deberían haber intervenido agentes de organismos como la Subsecretaría Social de Tierras y Acceso Justo al Hábitat, que es provincial, y personal de Desarrollo Humano municipal así como del Servicio Local de Niñez.</p><p>“La toma de medidas de manera intempestiva, &nbsp;desordenada y sin una planificación previa puede generar violaciones a los derechos humanos que generen responsabilidad estatal”, advirtió la Defensoría Oficial en la apelación.</p><p>Además, señaló que el Estado “tiene el deber de garantizar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de la población, entre los que se encuentra, por supuesto, el derecho a una vivienda digna” y que en esta caso hay “criminalización de la pobreza”.&nbsp;</p><p>En ese sentido, señaló que la Municipalidad, como denunciante, “tiene la posibilidad de demandar en sede civil &nbsp;sin necesidad de criminalizar el problema”, es decir de considerar delincuentes a las personas que ocuparon de manera irregular las viviendas que abandonó la empresa Apco S. A.</p><p>Ahora, la Cámara de Apelaciones deberá resolver lel recurso presentado por la Defensoría Oficial, lo que detiene por lo pronto la decisión inicial de desalojo. Si prospera el planteo, la situación será más compleja para el Municipio respecto del reclamo de restitución del inmueble.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tOtmqx-VzV34W5cs5pq7T5NSuNk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/25_vivendas_rio_tala_usurpacion.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Defensoría Oficial cuestionó el fallo de Maiztegui y advirtió que no se cumplió con el "protocolo de actuación judicial frente a ocupaciones de inmuebles por grupos numerosos de personas en situación de vulnerabilidad" que dispuso la Corte Suprema. El desalojo será detenido mientras se resuelve el planteo.]]>
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                <updated>2026-03-11T21:40:05+00:00</updated>
                <published>2026-03-11T16:14:38+00:00</published>
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            Rainbowex: Alexis Pan, el primero con arresto domiciliario denegado que seguirá en la cárcel hasta el juicio
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jMJiD96w7dDU2oLRjq3tQV4BqtE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/alexis_pan_detenido_rainbowex.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los detenidos por el caso de la estafa piramidal tipo esquema Ponzi de la plataforma Rainbowex y el Knight Consortium tuvieron un revés judicial que puede repercutir en la situación cada uno de los involucrados en “la China”.</p><p>La Cámara de Apelaciones resolvió revocar el beneficio de arresto domiciliario que el Juzgado de Garantías había otorgado para Alexis Pan, —hijastro del sindicalista papelero Gerardo Gelabert, también involucrado en la causa—lo que indica que podría hacer lo mismo, llegado el caso de análisis, para Maximiliano Braga y Luis Pardo.</p><p>Los jueces del Tribunal hicieron lugar al reclamo de la fiscala María del Valle Viviani y consideraron que el beneficio no encuadra en las posibilidades de Pan, y que no hay ninguna circunstancia excepcional que lo amerite.</p><p>Pan, que dejó de tener al estudio Lima como patrocinante, había obtenido la posibilidad de continuar la prisión preventiva que pesa sobre él en su casa "por cuestiones de salud". Sin embargo, para la Cámara de Apelaciones no estaba configurado debidamente.</p><p>Dejaron asentado que el planteo respecto de que es "un interno con personalidad con sensibilidad emocional alta, dependencia afectiva, introspección excesiva y perfeccionamiento ansioso" no necesariamente implica que deba estar en su domicilio.</p><p>El perito médico informó que "si no hay tratamiento o hay factores estresantes crónicos" podría "evolucionar a trastornos de ansiedad o depresión más severos", por lo que aconsejó "tratamiento psiquiátrico - psicológico en la UP3 o bien arresto extramuros".</p><p>El Juzgado de Garantías había considerado ese informe como suficiente para otorgar el beneficio, pero la Cámara de Apelaciones revocó la resolución al establecer que no hay inconvenientes para que Pan sea tratado como corresponde dentro de la Unidad Penal de San Nicolás.</p><p>La misma Cámara deberá expedirse sobre la situación de Maximiliano Braga, a quien también el Juzgado de Garantías le aprobó el arresto domiciliario, decisión que fue apelada por Viviani.</p><p>En el caso de Pardo, todavía el Juzgado de primera instancia no resolvió el planteo de su abogado para que le den la posibilidad de transitar la prisión preventiva en su casa, porque una situación familiar provocó demoras en los informes psicológicos.</p><p>Pardo, Pan y Braga, detenidos con prisión preventiva acusados de liderar las estafas reiteradas cometidas en el marco de la plataforma Rainbowex, son tres de los&nbsp; 14 sampedrinos imputados.</p><p>"La China" resultó ser una estafa piramidal tipo esquema Ponzi en cuyo marco no había trading ni criptomonedas sino una simulación virtual que mantuvo engañados a todos los que arriesgaron su dinero en la presunta inversión.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jMJiD96w7dDU2oLRjq3tQV4BqtE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/alexis_pan_detenido_rainbowex.png" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Apelaciones se expidió sobre su caso e hizo lugar al reclamo de Fiscalía, por lo que seguirá en la cárcel. Resta que traten los planteos por Maximiliano Braga y Luis Pardo.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-01-29T17:05:05+00:00</updated>
                <published>2025-09-29T00:00:00+00:00</published>
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            Sorteo de 84 viviendas: por qué el Gobierno sostiene que “el cargo está cumplido” y que Arcor “no tiene derecho”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oiolTWVaL11jgSzTzcauSEiFrp0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/05/WhatsApp-Image-2023-02-21-at-12.32.04.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno apeló en tiempo y forma el fallo de la jueza en lo Contencioso Administrativo que declaró &#8220;inválido&#8221; el sorteo de las 84 viviendas que se construyen en el barrio Villa Depietri, tras el planteo de la empresa Arcor ante la Justicia.</p>



<p>La secretaria Legal y Técnica, Viviana Costa, y el director de Asesoría Letrada, Ricardo Uguet, presentaron un escrito en el que repasan las cuestiones que llevaron al planteo de Arcor y devinieron en la medida cautelar a la que hizo lugar la jueza María Isabel Fulgheri.</p>



<p>Allí argumentaron, como sostuvo el Gobierno públicamente, que el cargo de la ordenanza mediante la que Arcor donó los terrenos para la construcción de viviendas &#8220;está cumplido&#8221; y que la empresa ya no tiene qué reclamar.</p>



<p>La ordenanza, advierte la apelación, dice que esos terrenos fueron donados para construiri viviendas que &#8220;serán destinadas a la reubicación total de las personas alojadas actualmente en los terrenos propiedad de la donante&#8221;. Hace hincapié en &#8220;actualmente&#8221;, que refiere a 2004.</p>



<p>En ese sentido, los abogados de la Municipalidad indicaron que para reubicar familias hicieron un relevamiento con personal profesional cuyo resultado fue un listado de 95 grupos familiares. Entre ellos, detallaron, había &#8220;situaciones irregulares&#8221; y gente que no aceptó irse del lugar. Quedaron 80, los que fueron ubicados en el barrio Arcor, cuyas unidades habitacionales se entregaron en 2007.</p>



<p>En ese marco, la Municipalidad sostiene que si con posterioridad a la entrega de esas viviendas los terrenos de Arcor fueron ocupados nuevamente, &#8220;ese hecho se habría producido por culpa y responsabilidad&#8221; de la propia empresa, &#8220;que debía cuidar los terrenos como dueño&#8221;.</p>



<p>Otro de los argumentos planteados por el Estado local es de la falta de acciones, en los últimos 19 años, por parte de &#8220;los potenciales beneficiarios del cargo&#8221; ni por parte de la empresa Arcor, puesto que hasta que no se anunció el sorteo nunca hubo planteo alguno.</p>



<p>Además, la Municipalidad se refirió al relevamiento que hizo Arcor el 10 de marzo pasado en el Bajo Puerto. Golpearon en 40 viviendas y fueron recibidos en 31. El Gobierno advierte, de la lectura de ese censo, que &#8220;19 eran menores de edad al 2004 y de los 12 adultos, solo cinco aceptarían ser reubicados&#8221; y que ninguno de ellos residía en la zona en esa época, por lo que no podrían ser beneficiarios del cargo.</p>



<p>Para el Gobierno, la medida cautelar dictada por la Justicia afecta &#8220;gravemente el interés público&#8221; porque pone en juego la necesidad habitacional de la población y pone en riesgo de usurpación las viviendas en construcción.</p>



<p>&#8220;¿Cómo hará la Municipalidad de San Pedro para cuidar esas viviendas hasta que se resuelva la cuestión de fondo? ¿Esas viviendas quedarán desocupadas por años con la necesidad habitacional que existe?&#8221;, se preguntaron los asesores legales del Estado local.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oiolTWVaL11jgSzTzcauSEiFrp0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2023/05/WhatsApp-Image-2023-02-21-at-12.32.04.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Municipio apeló el fallo de la jueza Fulgheri que "invalidó" el sorteo. Sostienen que el cargo de la donación era para relocalizar las viviendas que "actualmente", es decir en 2004, estaban en los terrenos de la empresa en Bajo Puerto. El Estado local indicó que el relevamiento original de familias contaba con 95, de las cuales 80 se ubicaron en el denominado barrio Arcor y el resto declinó la posibilidad de mudarse o no cumplía con los requisitos.]]>
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                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                <updated>2023-05-07T09:20:11+00:00</updated>
                <published>2023-05-06T08:35:38+00:00</published>
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            Caso Andreani: Fiscalía apeló la excarcelación de tres imputados y pidió que vuelvan a prisión
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OtepZ1pB3COZIW0BlQ62K6voAmA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2022/03/d6326fa9-4bd0-4410-a6a8-22e5586378fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Luego de que se conociera la decisión del juzgado de excarcelar a cinco de los siete acusados de participar en el robo acontecido en el establecimiento La Santina, propiedad del empresario Oscar Andreani, como era de esperar la fiscala María del Valle Viviani presentó la apelación correspondiente y ahora habrá que aguardar si logra revertir la medida.</p>



<p>El reclamo incluye a tres de los acusados, Gastón Bedetti, Willam Sánchez y Leandro Molina, ya que la letrada sostiene que hay pruebas para que estos tres permanezcan detenidos y se les dicte la prisión preventiva como a Nicolás Rivero y Lucas Medina.</p>



<p>En su presentación, Viviani, hizo hincapié en los elementos reunidos durante la investigación. En el caso de Bedetti la fiscalía destacó la presencia de una picana similar a la utilizada en el asalto, las escuchas donde lo nombran al imputado y la presencia en su domicilio de unas zapatillas embarradas. </p>



<p>En el caso de Sánchez la fiscalía entiende que no se valoró que la víctima reconociera una prenda de vestir, y en el caso de Molina la fiscala Viviani sostuvo que no se valoró la declaración testimonial del personal policial del gabinete criminológico de la Comisaría local.</p>



<p>En cambio no se solicitó ninguna apelación sobre Roberto Carlos “Roque” Gutiérrez y Amilcar David Palacios quienes no aparecen en el expediente que elevó la titular de la UFI 7, por lo que se infiere que en sus casos tiene menos elementos probatorios para hacer el planteo.</p>



<p>La semana anterior el juez de Garantías Román Parodi dictó la prisión preventiva de Nicolás Rivero y Lucas Medina al entender que había elementos que los comprometían, y consideró que a podían entorpecer la investigación si recuperaban la libertad. Para el resto de los acusados no hubo medidas y determinó que recuperaran la libertad.</p>
]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OtepZ1pB3COZIW0BlQ62K6voAmA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2022/03/d6326fa9-4bd0-4410-a6a8-22e5586378fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La fiscala Viviani reclamó por tres de las cinco medidas al entender que hay elementos para sostener la detención. La titular de la UFI 7solicitó que se revean las situaciones de Bedetti, Molina y Sánchez,]]>
                </summary>
                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2022-03-15T19:06:56+00:00</updated>
                <published>2022-03-15T09:24:18+00:00</published>
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