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    <title>La Opinión Semanario</title>
    <subtitle>Toda la información sobre política, deportes y economía. Notas exclusivas. Toda la actualidad. 24 hs online</subtitle>
    <updated>2026-08-02T20:17:49+00:00</updated>
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            ARCA actualizó las escalas del Monotributo: cuánto se podrá facturar por mes desde agosto
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kgnhe-jdX7SBnO5F-ladb-EL33o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/07/monotributo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización de las escalas del Monotributo con un aumento del 16,8 % tanto en los límites de facturación como en los importes de las cuotas mensuales.</p><p>La modificación corresponde a la actualización semestral prevista para el régimen simplificado y será utilizada para la recategorización del segundo semestre de 2026. Los nuevos valores comenzarán a aplicarse en los pagos con vencimiento desde agosto.</p><p>Si bien el régimen toma como referencia la facturación acumulada de los últimos doce meses, muchos contribuyentes utilizan un cálculo mensual como guía para controlar sus ingresos y evitar superar el límite de la categoría en la que se encuentran inscriptos.</p><p>ARCA recordó que esa referencia mensual es orientativa y que el parámetro válido para la recategorización continúa siendo el monto anual facturado.</p><p>Con los nuevos topes, los límites orientativos de facturación mensual quedaron establecidos de la siguiente manera:</p><p>Categoría A: hasta $ 1.000.784,20.</p><p>Categoría B: hasta $ 1.466.265,23.</p><p>Categoría C: hasta $ 2.055.874,53.</p><p>Categoría D: hasta $ 2.552.387,62.</p><p>Categoría E: hasta $ 3.002.352,61.</p><p>Categoría F: hasta $ 3.762.638,28.</p><p>Categoría G: hasta $ 4.499.649,91.</p><p>Categoría H: hasta $ 6.827.055,03.</p><p>Categoría I: hasta $ 7.641.646,83.</p><p>Categoría J: hasta $ 8.751.043,27.</p><p>Categoría K: hasta $ 10.550.903,23.</p><p>La actualización alcanza tanto a quienes prestan servicios como a quienes venden bienes, aunque las categorías habilitadas difieren según la actividad desarrollada. Los nuevos parámetros también implican un ajuste en las cuotas mensuales que deberán abonar los monotributistas.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kgnhe-jdX7SBnO5F-ladb-EL33o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2026/07/monotributo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incrementó un 16,8% los topes de facturación y las cuotas del Monotributo. Los nuevos valores regirán para la recategorización del segundo semestre de 2026 y se aplicarán a los pagos con vencimiento desde agosto.]]>
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                                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                                <updated>2026-08-02T20:17:49+00:00</updated>
                <published>2026-08-02T20:17:47+00:00</published>
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